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El Tribunal de Cuentas rechazó que Puigdemont declarase por videconferencia porque tardó un año en solicitarlo

La petición llegó el 13 de noviembre, cuatro días después del pacto entre PSOE y Junts para la investidura de Sánchez y cuatro antes de celebrarse la vista oral, cuando la diligencia estaba admitida desde diciembre de 2022

Tribunal Cuentas Puigdemont
El expresidente catalán y eurodiputado Carles Puigdemont, el pasado noviembre en Estrasburgo.RONALD WITTEK (EFE)
José María Brunet

El Tribunal de Cuentas ha dictado un auto en el que explica por qué rechazó la declaración de Puigdemont por videoconferencia en el juicio por los gastos del procés. Puigdemont no pidió declarar de esa manera hasta el pasado 13 de noviembre, un año después de admitida la diligencia para interrogarle y cuando sólo faltaban cuatro días para la vista oral. Unos días antes de la solicitud de Puigdemont, el PSOE y Junts habían sellado el pacto para apoyar la investidura de Pedro Sánchez a cambio, entre otras cosas, de promover una ley de amnistía para los encausados del proceso independentista ilegal en Cataluña. En paralelo a la solicitud de declarar por videoconferencia en la vista si llegaba a celebrarse, el líder de Junts planteó la posible suspensión del juicio, por considerar que el Tribunal de Cuentas debía esperar a conocer la resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre el recurso presentado por los líderes independentistas contra la sentencia del Supremo que les condenó por sedición y malversación.

El Tribunal de Cuentas descartó en noviembre pasado la pretensión de suspensión de la declaración, considerando en una providencia que la impugnación de la sentencia del Supremo ante el tribunal de Estrasburgo no tiene por qué paralizar el procedimiento por presunta responsabilidad contable que se sigue en el órgano fiscalizador español. La defensa de Puigdemont —a cargo del letrado Gonzalo Boye— recurrió la decisión de la consejera encargada del caso, Elena Hernáez, quien ahora ha rechazado esta impugnación mediante un auto en el que explica que Puigdemont tenía autorizada la declaración no presencial —a petición de las defensas de otros investigados— desde el 16 de diciembre de 2022 y no la solicitó hasta el pasado 13 de noviembre, en vísperas de la vista oral, que tuvo lugar en el Tribunal de Cuentas el día 17 del mismo mes.

La petición de declaración por videoconferencia llegó al tribunal cuatro días después de que el PSOE y Junts hubieran acordado en Ginebra impulsar la ley de amnistía para los líderes del procés. El pacto incluía extender los efectos de esta ley no sólo a las condenas penales impuestas por los jueces y tribunales de esta jurisdicción, sino también a las responsabilidades administrativas y contables. Estas últimas son las que investiga el Tribunal de Cuentas, que tras el juicio de noviembre último tiene pendiente la sentencia relativa a las demandas de la Fiscalía y Sociedad Civil Catalana sobre el uso irregular de fondos para promover el procés. La Fiscalía pide que los líderes independentistas sean condenados a devolver a las arcas públicas 3,4 millones de euros gastados con dicha finalidad, mientras que Sociedad Civil Catalana cifra en 5,3 millones de euros los fondos desviados.

En paralelo, la defensa de Oriol Junqueras ha pedido paralizar este procedimiento contable ante la próxima aprobación de la proposición de ley de amnistía que se tramita ahora en el Congreso de los Diputados. El tribunal ha pedido informe a las partes sobre esta solicitud, y la Fiscalía ya ha enviado un informe en el que pide al Tribunal de Cuentas que no detenga las actuaciones –ahora centradas en la preparación de la sentencia, tras el juicio de noviembre pasado-, porque la citada proposición de ley todavía está en fase de tramitación parlamentaria. El texto de la Fiscalía afirma que el contenido y entrada en vigor de la ley de amnistía es “un hecho futuro y relativamente incierto”.

La fecha de publicación de la sentencia depende ahora de la rapidez con que las partes envíen al tribunal sus conclusiones sobre este procedimiento contable. Lo habitual es que dichas conclusiones se expongan en el juicio, pero la consejera Hernáez ofreció a defensas y acusaciones entregarlas por escrito, y así se convino y ratificó el pasado 17 de noviembre al término de la vista en el Tribunal de Cuentas. Fuentes del órgano fiscalizador estiman que probablemente la sentencia tenga que dictarse, aunque luego se archive la causa, porque las sucesivas fases del debate parlamentario sobre dicha proposición de ley darán tiempo a que se redacte la resolución, sobre todo tras la reforma del reglamento del Senado, promovida por el PP para no aplicar el trámite de urgencia al texto y retrasar de este modo su aprobación.

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