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El Supremo aplaza una semana la comparecencia de Baltar por conducir a 215 kilómetros por hora en un coche oficial

El senador del PP estaba citado este martes para declarar por un delito contra la seguridad vial, pero no ha acudido alegando que su abogado está enfermo

Manuel Baltar, en la sede del PP de Ourense, el pasado 28 de mayo.
Manuel Baltar, en la sede del PP de Ourense, el pasado 28 de mayo.Agostime (Europa Press)
Reyes Rincón

El Tribunal Supremo ha aplazado una semana, hasta el 19 de diciembre, la comparecencia del expresidente de la Diputación de Ourense y actual senador del PP, Manuel Baltar, que estaba citado este martes, pero no ha acudido alegando que su abogado está enfermo. El senador popular estaba citado para comparecer voluntariamente por la causa abierta en su contra por un presunto delito contra la seguridad vial, después de que fuera sorprendido en abril circulando a 215 kilómetros por hora al volante de un coche oficial. La instructora del caso, la magistrada Ana Ferrer, ha accedido a la petición de Baltar para que aplazara una comparecencia que tiene como objetivo evitar que el Supremo pida ya el suplicatorio necesario para actuar contra los aforados. La Fiscalía reclama para Baltar una pena de multa de seis meses a razón de 10 euros al día y un año de retirada del carné de conducir.

El exceso de velocidad por el que ahora se le investiga ya le costó en parte a Baltar su puesto en la diputación de Ourense, del que dimitió en junio para facilitar que la entidad tuviera un presidente del PP, según argumentó tras dejar el cargo. El PP perdió la mayoría absoluta en la provincia en las elecciones municipales del 28-M y, para mantener el poder, dependía de un pacto con el partido independiente Democracia Ourensana, dirigido por Gonzalo Pérez Jácome, alcalde de la capital provincial. Pero los escándalos en torno a Baltar, con la investigación por un supuesto delito contra la seguridad como ejemplo más reciente, complicaban el pacto y el líder popular dio un paso al lado. Antes del 28-M, Baltar había hecho todo lo posible por demorar el procedimiento hasta después de las elecciones.

La normativa establece que la infracción por exceso de velocidad en vías interurbanas es un delito contra la seguridad del tráfico si se supera en más de 80 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida por el reglamento. No obstante, existe un margen de error en los radares que, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, es de un 5% en los radares fijos, y de un 7% en los radares móviles. En el caso de la A-52, donde fue interceptado Baltar, el máximo es 120 kilómetros por hora y el radar era fijo, por lo que el límite de velocidad para no entrar en los márgenes del ámbito penal era de 210 kilómetros por hora y lo rebasó en cinco.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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