El borrador de sentencia del Constitucional censura a Batet por no reclamar información sobre los indultos del ‘procés’
La ponencia da la razón al PP, que pidió ayuda a la presidenta del Congreso tras negarse el Gobierno a compartir los expedientes de la medida de gracia
El Tribunal Constitucional dictará en su pleno de esta semana, que comienza este martes, dos resoluciones de relevancia en materia de derechos fundamentales, según fuentes del órgano de garantías. En la primera de ellas, el tribunal se plantea corregir la decisión de la expresidenta del Congreso Meritxell Batet de denegar el acceso del PP a los expedientes de indulto de los condenados por el procés. El ponente del fallo, el magistrado conservador Ricardo Enríquez, aboga por conceder amparo al PP, y ha conseguido apoyos en el sector progresista del tribunal. El magistrado Juan Carlos Campo, que pertenece a este último grupo, no participará en la votación por su vinculación personal con Batet, que es su pareja.
En la segunda sentencia, hay muchas posibilidades de que el Constitucional altere por primera vez su doctrina sobre la prevalencia de la protección de la salud pública frente al derecho de manifestación, al considerar que debió ser autorizada la manifestación del Día de la Mujer el 8 de marzo de 2021, porque en ese momento ya había pasado la fase aguda de la emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19.
La sentencia que afecta a la Mesa del Congreso y a su anterior presidenta, la socialista Meritxell Batet, tiene su origen en un recurso de amparo parlamentario presentado en 2021 por la portavoz del PP en la Cámara, Cuca Gamarra, quien en junio de dicho año había solicitado a los ministerios de la Presidencia y de Justicia una copia de los expedientes del indulto concedidos a los nueve dirigentes independentistas catalanes condenados a penas de prisión por el procés. Gamarra formuló su petición a través del Congreso, y el Gobierno respondió negativamente en septiembre, alegando limitaciones derivadas de la legislación sobre protección de datos. La portavoz del PP solicitó entonces que Batet reclamase los documentos en nombre del Congreso, pero esta se negó, considerando que los motivos alegados por el Ejecutivo eran razonables.
Finalmente, los populares recurrieron al Constitucional con el argumento de que se estaban vulnerando los derechos de participación política de los diputados al privarles de un importante material para el ejercicio de su tarea de control al Gobierno. El debate preliminar entre los magistrados del tribunal ha inclinado la balanza del lado de los que piensan que el Congreso debió acceder a la petición del PP y obtener los mencionados expedientes, y que el respeto a los condenados se habría garantizado evitando hacer públicas aquellas partes que afectaran a su intimidad. El borrador de sentencia ha sido redactado por el magistrado Ricardo Enríquez, del sector conservador, y es compartido por parte del grupo progresista, según fuentes del Constitucional.
Manifestaciones en pandemia
Por otro lado, el tribunal se prepara para matizar su doctrina sobre la prevalencia del derecho a la salud pública frente a los derechos de reunión y manifestación durante una emergencia sanitaria. Hasta ahora, el Constitucional había dictado varias sentencias en las que consideraba que en pandemia debía prevalecer siempre la garantía de la salud. Pero ahora introduce algún matiz.
El sindicato UGT intentó organizar en 2021 una concentración que pretendía conmemorar, con medidas de precaución como la garantía de distancia entre los participantes, la fecha del 8 de marzo, Día de la Mujer, considerando que los peores momentos de la pandemia habían quedado atrás. El Ejecutivo no autorizó el acto y UGT recurrió ante el Constitucional. La ponente de la sentencia, la magistrada Laura Díez, del sector progresista, proponía inicialmente rechazar el recurso, pero en los contactos previos entre los magistrados se ha puesto de manifiesto la existencia de una mayoría que se inclina por avalar el recurso de amparo del sindicato. Esa mayoría, según fuentes del tribunal, estima que la situación sanitaria permitía la compatibilidad entre el derecho a la salud pública —por las medidas de seguridad adoptadas por los convocantes, sin más restricciones— y el de manifestación.
Junto a estas sentencias, el tribunal dictará el fallo por el que se rechaza el recurso presentado por la Comunidad de Madrid contra la ley del impuesto a las grandes fortunas, como ya adelantó EL PAÍS. Y rechazará por “desproporcionada” la decisión del Congreso de retirar el escaño al entonces diputado de Podemos Alberto Rodríguez tras una condena judicial menor. Esa segunda sentencia no tiene, en todo caso, efectos prácticos porque Rodríguez no logró revalidar el acta en las pasadas elecciones del 23-J.
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