La Fiscalía cree que la Sala de Vacaciones del Constitucional ha rebasado los límites de sus competencias con la decisión sobre Puigdemont
La composición de la instancia que permanece de guardia en el tribunal de garantías cambiará la semana próxima y pasará de una mayoría conservadora de magistrados a otra progresista
La Fiscalía va a recurrir el auto de la Sala de Vacaciones del Constitucional que ha inadmitido a trámite el recurso del expresidente de la Generalitat fugado de la justicia española Carles Puigdemont para que se suspendiera la orden de detención dictada en su contra por el Supremo. Los fiscales consideran que no había urgencia alguna para resolver esta impugnación, y que en consecuencia la Sala de Vacaciones ha actuado fuera del límite de sus competencias. En líneas generales, la Fiscalía del propio Constitucional comparte las tesis del voto particular formulado por Laura Díez, la magistrada progresista que ha votado en contra de esta resolución avalada por los dos magistrados conservadores que junto a ella han compuesto dicha Sala de Vacaciones en los primeros días de agosto, Concepción Espejel y César Tolosa. En su texto alternativo al auto dictado, Díez subraya que no había motivo alguno para que el órgano de garantías resolviese este asunto sin someterlo a debate por parte del pleno del tribunal, como ha sucedido con todos los recursos presentados por los líderes independentistas en relación con la causa penal seguida en el Supremo por el procés.
La Sala de Vacaciones que ha actuado en este asunto va a terminar su cometido después del próximo puente del 15 de agosto. Espejel, que ha ejercido como presidenta de la Sala, será sustituida junto a Tolosa y Díez la semana que viene por Enrique Arnaldo, conservador, y que actuará como presidente hasta septiembre próximo, y Juan Carlos Campo y María Luisa Segoviano, los otros dos magistrados que accedieron al tribunal el pasado enero. La mayoría conservadora saliente será reemplazada por una nueva mayoría progresista, grupo al que pertenecen Campo y Segoviano.
No cabe descartar que en el futuro se varíen los criterios de composición de esta Sala, a la vista de la experiencia. En medios del Constitucional se afirma en este sentido que la resolución de inadmisión del recurso de Puigdemont, contraria a la doctrina seguida hasta ahora sobre las atribuciones de la Sala de Vacaciones, no se habría producido si este tribunal se hubiera compuesto de acuerdo con el equilibrio de fuerzas actualmente existente en el órgano de garantías, en el que hay una mayoría de siete magistrados progresistas frente a cuatro conservadores.
La reacción entre este grupo mayoritario ha sido de contrariedad por lo sucedido, pero a la vez de seguridad en que la situación podrá revertirse, y que el recurso de Puigdemont —al que se adhirió asimismo el exconsejero Toni Comín— será finalmente analizado en el pleno del tribunal, como todos los que lo han precedido. Cosa bien distinta es lo que pueda ocurrir tras la posible admisión a trámite de la impugnación.
No es muy probable que la solicitud de amparo de Puigdemont prospere, porque en cuanto al fondo del asunto su pretensión es que se anule la orden de detención que dictó en su contra el magistrado instructor de la causa del procés, Pablo Llarena. Fuentes del tribunal indican que una cuestión es pedir que se estudie suspender dicha orden (mientras se analiza si procedería anularla por vulnerar derechos fundamentales) y otra muy diferente es acceder a tumbar una decisión clave del Supremo en el curso de la persecución penal de un dirigente político que huyó de la justicia española. De hecho, ni siquiera es muy probable que el tribunal suspenda provisionalmente dichas órdenes del juez Llarena.
En medios del propio tribunal ha causado cierta sorpresa que la Sala de Vacaciones haya apreciado la urgencia de un asunto por el que hay otro recurso plantado con anterioridad, y sobre el que nada se ha resuelto precisamente porque no se ha considerado que fuera prudente acelerar las decisiones. Se trata de otra impugnación del propio Puigdemont contra idénticas órdenes previas del juez Llarena, caso que correspondió a la magistrada María Luisa Balaguer. Las fuentes consultadas estiman que este asunto quedó pendiente en parte a la espera de la resolución que tiene que dictar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la prerrogativa de inmunidad, cuyo reconocimiento reclama Puigdemont como eurodiputado y frente a las órdenes de detención del Supremo.
Por otra parte, la última impugnación de Puigdemont contra las decisiones del juez Llarena —recurso que tuvo su entrada en el tribunal el pasado 31 de julio— contaba ya con un ponente asignado, el magistrado Juan Carlos Campo, exministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez, a quien correspondía elaborar un borrador de resolución sobre el caso. No consta, en este sentido, que Campo apreciase urgencia alguna en el asunto. En función de la asignación de esta ponencia, el recurso del fiscal podría ser visto en primera instancia, cuando se presente en septiembre, por la Sala Primera del tribunal. Pero en el Constitucional se da por hecho que ésta lo avocaría al pleno, para mantener la doctrina sobre el interés y la relevancia constitucional de este tipo de peticiones de amparo.
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