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Bárcenas inicia el papeleo para pedir la pensión de jubilación

El extesorero del PP reclama a Interior que le certifique su actividad laboral durante los más de cuatro años que estuvo en la cárcel de Soto del Real

Luis Barcenas
Luis Bárcenas ingresa, el pasado 27 de diciembre, en el Centro de Inserción Social (CIS) Victoria Kent para cumplir el resto de la condena en semilibertadÁlvaro García
Óscar López-Fonseca

Los corruptos también aspiran a jubilarse y cobrar una pensión. El extesorero del PP Luis Bárcenas, al que aún le quedan por pasar en prisión más de cinco de los 12 años que como máximo debe cumplir por la pena de 29 años y un mes que el Tribunal Supremo le impuso por el caso Gürtel, ha iniciado este verano el papeleo para solicitar la suya reclamando al Ministerio del Interior que le certifique su actividad laboral durante los más de cuatro años que ha estado en la cárcel de Soto del Real, según han confirmado a EL PAÍS fuentes penitenciarias. Fuentes de su defensa aseguran a este diario que el extesorero aún no ha presentado ninguna solicitud ante la Seguridad Social ―“ya lo verá en su momento”―, aunque recalcan que “está en su derecho”.

Bárcenas cumple desde octubre del año pasado el requisito de la edad para jubilarse ―el próximo 22 de agosto celebrará su 67 cumpleaños―, pero la ley exige también haber cotizado dos de los últimos 15 años de su vida laboral. Ante la posibilidad de que no pueda hacerlo precisamente por sus dos estancias en prisión desde que fue encarcelado por primera vez en junio de 2013 y por el hecho de que los tribunales no reconocieran la relación laboral que él aseguraba haber mantenido con el PP tras haberse visto salpicado por el caso de corrupción, el extesorero ha reclamado a Instituciones Penitenciarias documentación para solventarlo, según detallan fuentes penitenciarias.

En concreto, el que fuera senador entre 2004 y 2011 presentó el pasado junio una “instancia” para que se le facilite un informe “para presentar a la Seguridad Social” en el que se certifique que entre mayo de 2018 y diciembre de 2022, periodo en el que estuvo recluido de manera ininterrumpida en la cárcel de Soto del Real (Madrid) tras ser condenado por la Audiencia Nacional, Instituciones Penitenciarias nunca le ofreció un trabajo remunerado en los talleres del centro y, por tanto, no pudo cotizar para la jubilación durante ese periodo.

La petición se sustenta en el artículo 26 de la Ley General Penitenciaria, que regula el trabajo como un derecho y deber de los reclusos, pero también impone a la Administración la obligación de facilitarlo con “la protección dispensada por la legislación vigente en materia de Seguridad Social”. Fuentes penitenciarias apuntan que Bárcenas pretende que se le aplique la doctrina del Tribunal Supremo bautizada como “teoría del paréntesis”, sustentada en una sentencia de octubre de 2018 por la que a una mujer que estuvo presa 20 años se le retrotrajo el requisito de haber cotizado dos años de los últimos 15 de vida laboral al periodo inmediatamente anterior a su entrada en prisión.

En aquel fallo, el alto tribunal destacaba que “las posibilidades de trabajar en prisión son muy limitadas” y detallaba que en el periodo 2006-2011 solo pudo hacerlo el 17% de la población reclusa. Por ello, concluía que había que aplicar la teoría del paréntesis al “periodo de internamiento en establecimiento penitenciario, con el consiguiente alejamiento del mercado laboral cuando el recluso ha mostrado durante él su disponibilidad para el trabajo, mediante la realización de servicios personales”, pero la administración no le ha dado la posibilidad de hacerlo.

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En este sentido, Bárcenas también ha pedido a Interior que detalle en el informe que durante los más de cuatro años que ha estado recluido en esta cárcel madrileña sí hizo otras actividades laborales, aunque no retribuidas. En concreto, fue auxiliar de limpieza en el módulo de la prisión donde estaba su celda. Incluso ha solicitado que haga constar que, de “forma voluntaria”, hizo un curso de informática y que participó durante algo más de dos meses en un taller de justicia restaurativa, uno de los programas de reinserción que concluye con un encuentro entre el recluso y una víctima directa o simbólica de sus delitos para que le pida perdón.

Según fuentes penitenciarias, en el informe finalmente elaborado, Instituciones Penitenciarias se limita a detallar las diferentes actividades que Bárcenas realizó mientras estuvo recluido en la cárcel de Soto del Real, incluidas las de limpieza y reinserción que reclamaba, pero también otras deportivas, educativas e incluso musicales, aunque sin detallar en ningún momento que nunca le ofrecieran un puesto de trabajo remunerado mientras estuvo privado de libertad.

El extesorero abandonó esta prisión en diciembre para pasar a cumplir el resto de su pena en semilibertad en el Centro de Inserción Social (CIS, destinado a reclusos en régimen abierto) Victoria Kent, en el centro de Madrid. Lo hizo después de que Interior decidiera aplicarle el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una norma que permite flexibilizar el régimen de vida penitenciario de un recluso en segundo grado (el ordinario, en el que está más del 73% de los condenados en España) para disfrutar de parte de los beneficios de los reclusos clasificados en tercer grado o régimen abierto.

Desde ese momento, Bárcenas comenzó a trabajar y, por tanto, a cotizar a la Seguridad Social porque, para poder disfrutar de salidas diarias de 15 horas fuera del recinto penitenciario, esgrimió tener un contrato de trabajo como contable en una productora cercana a su hijo Guillermo, músico y líder del grupo Taburete. Además, el extesorero ha colaborado en estos más de siete meses como voluntario en un comedor social.

Tercer grado rechazado

El pasado 7 de junio, Instituciones Penitenciarias rechazó la pretensión de Bárcenas de ser progresado a tercer grado al considerar que no observaba en él “una evolución suficientemente favorable”. El extesorero, que en enero inició un programa específico de reinserción para corruptos (el Programa de Intervención en Delitos Económicos, Pideco), recurrió la decisión, pero el juez de la Audiencia Nacional José Luis de Castro dio el pasado lunes la razón a Interior y mantuvo al exsenador en su situación actual. El cambio hubiera permitido a Bárcenas, además de seguir con las salidas diarias, pasar también fuera del recinto penitenciario todos los fines de semana ―ahora tiene que estar uno de cada dos― y disfrutar de 48 días de permiso al año frente a los 36 días actuales.

Además, a partir de septiembre del año que viene estar en tercer grado le permitiría aspirar a la libertad condicional adelantada al cumplir en esa fecha dos terceras partes de los 12 años de su condena. Para conseguir este beneficio, regulado por el artículo 90.2 del Código Penal y que solo puede conceder un juez, el preso debe haber cumplido esa parte de condena y estar clasificado, precisamente, en tercer grado, además de cumplir otros requisitos, como haber tenido un buen comportamiento y haber “desarrollado actividades laborales, culturales u ocupacionales [...] del que se haya derivado una modificación relevante y favorable de aquellas de sus circunstancias personales relacionadas con su actividad delictiva previa”. Bárcenas no extinguirá totalmente la condena por el caso Gürtel hasta el 19 de septiembre de 2028. Entonces tendrá 72 años.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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