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¿Y ahora qué? Plazos, condiciones y escenarios del futuro judicial de Puigdemont

La entrega a España del ‘expresident’ prófugo depende de la respuesta definitiva de la justicia europea, que podría llegar a final de año, y de la resolución sobre su inmunidad parlamentaria

Reyes Rincón
Carles Puigdemont
Toni Comin, Carles Puigdemont y Clara Ponsatí en el Parlamento Europeo en junio de 2021.Jan Van De Vel (Europa Press)

Las conclusiones que ha presentado este jueves el Abogado General de la UE sobre las euroórdenes dictadas por España contra Carles Puigdemont y el resto de líderes independentistas catalanes huidos a Bélgica suponen el mayor espaldarazo que ha recibido el Tribunal Supremo por parte de la justicia europea desde que, en otoño de 2017, tramitó las primeras órdenes de detención contra el expresidente catalán y varios miembros de su Gobierno. Las consideraciones del Abogado General no son vinculantes para el Tribunal de Justicia de la UE, que es quien debe dar la respuesta definitiva a las cuestiones planteadas por el magistrado español Pablo Llarena, pero suelen coincidir con el sentido de la resolución posterior. En este caso, una resolución del tribunal europeo en la línea marcada por el abogado Richard de la Tour despejaría el camino para la entrega a España de los exdirigentes independentistas prófugos. No obstante, esas órdenes de detención tienen todavía un farragoso camino por delante hasta que la justicia belga tome la decisión definitiva.

Faltan meses para la respuesta de la justicia europea. La tramitación en Bélgica de las euroórdenes dictadas por el Tribunal Supremo está suspendida a la espera de que el TJUE resuelva la cuestión prejudicial que elevó Llarena en marzo de 2021, por lo que la respuesta del Abogado General acerca el final de este proceso. El tribunal europeo responderá en los próximos meses, previsiblemente antes de final de año. A partir de entonces, la justicia belga tendrá que resolver la entrega por sedición y malversación de Carles Puigdemont y de los exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsatí (esta última solo por sedición), y deberá hacerlo cumpliendo los criterios que marque el TJUE.

En principio, una vez que el TJUE resuelva, el magistrado del Supremo no tiene que dar ningún nuevo paso, ya que las euroórdenes están emitidas. No obstante, al plantear la cuestión prejudicial, Llarena dejó la puerta abierta a remitir información complementaria, por ejemplo, sobre el sistema judicial español, cuyo respeto a los derechos humanos ha puesto en duda Bélgica.

La competencia del Supremo no se cuestiona. Hasta ahora, la justicia belga solo ha resuelto la orden de detención referida a Lluís Puig (procesado por malversación y desobediencia) y rechazó entregarlo a España alegando que el Supremo no era el tribunal competente para juzgar este caso. El Abogado General de la UE fulmina este argumento al concluir que la autoridad judicial que ejecuta una euroorden (en este caso, la justicia belga) no puede cuestionar la competencia de la autoridad que la emite (en este caso, el Supremo) porque iría en contra del principio de reconocimiento mutuo que vertebra la cooperación judicial entre los Estados miembros.

Pendientes de la inmunidad. Las euroórdenes contra Puigdemont, Comin y Ponsatí no se resolvieron a la vez que la de Puig porque estos tres procesados son eurodiputados y el Parlamento europeo aún tenía que decidir si levantaba su inmunidad. Finalmente, lo hizo en marzo de 2021, pero los abogados de los tres huidos recurrieron esa decisión ante el Tribunal General de la UE, que todavía está deliberando. Ahora mismo solo gozan de una inmunidad provisional (a la espera de esa resolución definitiva). Este pleito afecta de forma directa al proceso que se sigue en Bélgica, por lo que, mientras no haya una decisión definitiva sobre la inmunidad, la justicia no podrá resolver la euroorden contra los tres eurodiputados.

Una nueva euroorden contra Lluís Puig. Lo que sí podría hacer Llarena una vez que el TJUE responda a sus preguntas es enviar una nueva euroorden contra Lluís Puig ―que no tiene inmunidad porque no es eurodiputado― si considera que la anterior se resolvió contraviniendo los criterios del tribunal europeo. El instructor del Supremo ya apuntaba a esa posibilidad en el auto en el que expuso su cuestión prejudicial, y la respuesta del Abogado General abona esa vía. “El objetivo de luchar contra la impunidad aboga efectivamente en favor de la posibilidad de que se emitan contra la misma persona varias ODE dirigidas a la misma autoridad judicial de ejecución al objeto de procesarla penalmente o de ejecutar la pena que se le haya impuesto”, concluye De la Tour.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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