La Policía accederá a la información financiera de sospechosos sin autorización judicial
El Gobierno tramita de urgencia en el Congreso la ley para aplicar una directiva europea de 2019 que agiliza las investigaciones de “infracciones penales graves”
El Gobierno ha dado este martes el primer paso para facilitar el acceso de las Fuerzas de Seguridad a la información financiera de sospechosos sin necesidad de contar con autorización judicial o de la Fiscalía, como se requiere en la actualidad. Para ello, el Consejo de Ministros ha acordado, a propuesta del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, enviar al Congreso de los Diputados un proyecto de ley que regulará “el acceso directo e inmediato” de los diferentes cuerpos policiales al llamado Fichero de Titularidades Financieras. Este es un registro centralizado, existente desde 2016, que se nutre con los datos que las entidades financieras están obligadas a facilitar sobre los titulares, tanto físicos como jurídicos, de cuentas corrientes, de ahorro y depósitos, así como los contratos de alquiler de cajas de seguridad y las cuentas de pago en dinero electrónico o criptomonedas. Este fichero fue creado para combatir el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo.
En concreto, además de jueces y fiscales, que ya estaban habilitados para realizar consultas directas en este fichero, tras la aprobación de esta ley también podrán hacerlo la Fiscalía Europea, la Policía Nacional, la Guardia Civil, las policías autonómicas “con competencias en investigación de delitos graves”, en referencia a la Ertzaintza y los Mossos d’Esquadra; la Oficina de Gestión y Recuperación de Activos (ORGA, dependiente del Ministerio de Justicia) y el Servicio de Vigilancia Aduanera, integrado en la Agencia Tributaria. El articulado también contempla habilitar el acceso a este base de datos con datos de decenas de millones de activos financieros al Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
No obstante, este acceso directo solo se podrá realizar en el transcurso de pesquisas que tengan como objeto “la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de las infracciones penales graves”, recalca el anteproyecto elaborado por Interior y a cuyas líneas generales ha tenido acceso EL PAÍS. Además, existirá un registro de las peticiones cursadas, en el que figurará la identidad de la autoridad solicitante. Estos accesos deberán estar siempre motivados para evitar búsquedas genéricas o por aproximación, y se harán “con pleno respeto a los derechos fundamentales y a la legislación vigente sobre protección de datos personales”, detalla el anteproyecto.
Fuentes policiales consultadas por este diario aplauden la medida, al considerar que “permitirá a los investigadores trabajar con más información en la fase inicial de las pesquisas, antes de que estas hayan sido judicializadas”. El proyecto de ley es, en realidad, la trasposición de una directiva europea de 2019 que ya aplican otros 13 países y cuyo retraso en incorporarlo a la legislación española ―debía haberse hecho el 1 de agosto― llevó a la Comisión Europea a iniciar un procedimiento de infracción contra Madrid. Por ello, el Gobierno tramitará la norma por el mecanismo de urgencia parlamentaria, para reducir a la mitad los plazos para su debate y aprobación.
Hasta ahora, el acceso a esta información estaba regulado por la ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, de 2010, en cuyo artículo 43 ya se contemplaba el acceso a esa información de los cuerpos policiales y el CNI, pero siempre previa autorización judicial o de la Fiscalía. Ahora, además de eliminar ese requisito, la futura ley pretende también agilizar otros trámites para el acceso e intercambio de datos financieros sobre sospechosos. Así, los cuerpos policiales también tendrá acceso a los análisis del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (el Sepblac, dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos), que no podrá tardar más de 72 horas en responder a los requerimientos de información. También regula el intercambio de información financiera con países de la Unión Europea y su agencia en materia policial, Europol. De hecho, el Fichero de Titularidades Financieras no incluye las cuentas y depósitos de sucursales o filiales de los bancos españoles en el extranjero.
Fuentes del Gobierno añaden que la modificación legal cuenta con el aval del Consejo de Estado, y ha contado con informes de cinco ministerios, además del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo Fiscal, la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, la Agencia Española de Protección de Datos, sus homónimas del País Vasco y Cataluña, y los departamentos de Seguridad e Interior de los Ejecutivos vasco y catalán.
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