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La Audiencia Nacional desoye los intentos de Francisco Camps de frenar su juicio

Los magistrados rechazan llevar su caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

J. J. Gálvez
El expresidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps (en el centro), junto al diputado popular Adolfo Suárez Illana, en un acto de la convención nacional del PP celebrado en Valencia el pasado octubre.
El expresidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps (en el centro), junto al diputado popular Adolfo Suárez Illana, en un acto de la convención nacional del PP celebrado en Valencia el pasado octubre.Manuel Bruque (EFE)

La Audiencia Nacional ha rechazado la ofensiva de Francisco Camps, expresidente de la Generalitat Valenciana, para frenar el juicio que le queda pendiente, donde afronta una petición de la Fiscalía Anticorrupción de dos años y medio de cárcel por su supuesta implicación en el caso Gürtel. El exdirigente del PP, que se ha ofrecido al partido para volver a la primera línea política, solicitó a la Sala de lo Penal que elevase una batería de cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que, en su opinión, debían resolverse ante de la vista; además de recurrir la composición del tribunal que lo enjuiciará y pedir la expulsión del magistrado progresista José Ricardo de Prada. Pero todas estas iniciativas han caído en saco roto.

Mediante varias resoluciones dictadas este febrero, la Audiencia Nacional rechaza las pretensiones del expresidente autonómico. Por ejemplo, sobre la petición de remitir al TJUE las cuestiones prejudiciales, donde Francisco Camps alega que se vulneraron sus derechos, los magistrados concluyen que no existe “necesidad alguna” de hacerlo en el “actual momento procesal”. “No es pertinente”, señalan, tras recordar que la Fiscalía también se ha opuesto. “Al entender que carece del más mínimo fundamento objetivo de Derecho Comunitario, siendo contraria a la práctica totalidad de las recomendaciones efectuadas por el propio TJUE”, expuso el ministerio público.

Los jueces argumentan que el político popular plantea una serie de consideraciones —”como la verosimilitud de las declaraciones prestadas por otros acusados o la relevancia penal de los indicios que de las mismas se pudieran desprender”— que introducen “elementos propios del juicio oral, y en concreto de la prueba que ha de practicarse durante su celebración”. Es decir, los miembros de la sala explican que esa valoración le corresponderá en su día al tribunal encargado de emitir una sentencia y que “será quien deberá determinar, de plantearse en dicho momento, si para el dictado de dicha resolución le es necesario el planteamientos de cuestión prejudicial alguna”.

La Audiencia Nacional se muestra aún más contundente al descartar el recurso contra la composición del tribunal: “[Camps] parte de un grosero error: confundir la fase intermedia del juicio oral con el acto del juicio oral”, dice sobre sus alegaciones. En las últimas semanas, este órgano también rechazó apartar a De Prada del proceso, como había solicitado el expresidente.

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Sobre la firma

J. J. Gálvez
Redactor de Tribunales de la sección de Nacional de EL PAÍS, donde trabaja desde 2014 y donde también ha cubierto información sobre Inmigración y Política. Antes ha escrito en medios como Diario de Sevilla, Europa Sur, Diario de Cádiz o ADN.es.

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