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La Abogacía del Estado renuncia a seguir acusando a los líderes del ‘procés’ por los gastos de Diplocat

La representación de Hacienda se ha abstenido de personarse en la causa, lo que implica que no participará en la fase de enjuiciamiento

José María Brunet
Tribunal de Cuentas
Fachada del Tribunal de Cuentas, en Madrid.Jaime Villanueva

La Abogacía del Estado ha decidido retirarse del procedimiento abierto contra los líderes del proceso independentista catalán por la promoción exterior de los planes secesionistas. Transcurrido el plazo de nueve días hábiles para personarse en el caso, la Abogacía —dependiente del Ministerio de Justicia— no ha respondido al Tribunal de Cuentas, lo que implica que se aparta del expediente y, por tanto, renuncia a seguir ejerciendo la acusación contra los 34 ex altos cargos y funcionarios de la Generalitat acusados del uso ilícito de 5,4 millones de euros para promover en el extranjero los objetivos de separación de Cataluña del resto de España.

Si la Abogacía hubiera querido presentar demanda contra los investigados habría tenido que personarse ahora, en el plazo dado por el Tribunal de Cuentas el 30 de diciembre. La falta de respuesta supone su retirada efectiva, que cobra aún mayor relevancia por el hecho de que este procedimiento ha terminado por unirse con el instruido sobre los gastos de organización del referéndum ilegal del 1-O, en el que se reclaman a los líderes del procés otros 4,1 millones de euros. La Abogacía, por tanto, deja de reclamar un total de 9,5 millones de euros de fondos públicos supuestamente desviados para fines ilegales.

Desde el inicio de la causa, la Abogacía había acompañado a la Fiscalía y a Sociedad Civil Catalana como acusaciones que han venido imputando responsabilidad contable a los expresidentes de la Generalitat Carles Puigdemont y Artur Mas, al exvicepresidente Oriol Junqueras, y a los exconsejeros Andreu Mas Colell (Economía) y Raül Romeva, investigados junto a otros 29 implicados en el caso. Sus defensas denunciaron que con ello se unía la persecución económica a la represión penal por el procés, y la Generalitat presentó los avales del Institut Català de Finances para el aseguramiento de la cantidad que se les reclamaba conjunta y solidariamente.

Aceptación de avales

La definitiva aceptación o no de dichos avales está pendiente de que el Tribunal de Cuentas adopte una decisión definitiva sobre su validez, dado que proviene de una entidad vinculada a la Generalitat, que es la administración supuestamente perjudicada por el desvío de los fondos. La administración catalana, sin embargo, no solo no ha ejercido acusación alguna contra los investigados, sino que aparte de proponer el pago de sus fianzas, presentó recurso contra el acta de liquidación provisional, argumentando que sus ex altos cargos y funcionarios no solo no malversaron cantidad alguna, sino que actuaron amparados por las competencias que la administración catalana tiene en materia de acción exterior.

La retirada de la Abogacía del Estado deja ahora en manos del fiscal del Tribunal de Cuentas y de Societat Civil Catalana la presentación formal de demanda contra los acusados. El siguiente paso supondrá darles sucesivamente un plazo de 20 días para que presenten el correspondiente escrito. Luego, los investigados dispondrán de otro período igual para el mismo trámite, seguido de una comparecencia para que las partes puedan formular las observaciones y peticiones de prueba que estimen convenientes. Con ello se dará ya paso al juicio oral, que difícilmente se celebrará antes del verano, según el tribunal.

La renuncia de la Abogacía es coherente con su cambio de actitud de los últimos meses, desde que la notificación del acta de liquidación provisional por los gastos de Diplocat produjo una fuerte reacción de protesta por parte de la Generalitat, en respaldo de los investigados, y luego el intento de abonar sus fianzas.

El Tribunal de Cuentas dirigió entonces una consulta a la Abogacía sobre si debía aceptarse esta forma de pago. La Abogacía contestó que como parte acusadora no le correspondía contestar a consultas técnicas y evitó pronunciarse así sobre la validez del aval. Ahora bien, en el mismo escrito le recordó al tribunal que la ley que creó los avales no había sido recurrida por el Gobierno central y, por tanto estaba en vigor, sin que hubiese sido pedida su suspensión.

Paralelamente, la entonces vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, manifestó que la falta de intervención de la Abogacía en lo sucesivo tendría lógica a la vista del antecedente que supuso el proceso por los gastos indebidos de la Generalitat para la anterior consulta ilegal a la población catalana, que tuvo lugar el 9-N de 2014.

La Abogacía fue apartada de aquel procedimiento por no ser la del Estado —sino la autonómica— la administración perjudicada en dicho caso. Dicha decisión fue incluida en la sentencia dictada sobre el 9-N, de la que fue ponente la exconsejera y exministra del PP Margarita Mariscal de Gante, cuya última decisión en el tribunal, el pasado noviembre —tras el acuerdo entre socialistas y populares para renovar el Tribunal de Cuentas—, fue abrir la fase de enjuiciamiento en el expediente por los gastos del 1-O y los de Diplocat.

No hay un plazo concreto para que la Sección de Enjuiciamiento se pronuncie sobre los avales de la Generalitat. Fuentes del tribunal afirman que está “en estudio”.

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