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La Fiscalía no ve delito en la fracasada moción de censura de Murcia

El Ministerio Público propone archivar la denuncia de Podemos contra García Egea, López Miras y los diputados de Cs que incumplieron el acuerdo con el PSOE

El presidente de la Comunidad de Murcia, Fernando López Miras, junto a las consejeras Isabel Franco (centro) y Valle Miguélez, expulsadas por Ciudadanos por no apoyar la moción de censura presentada por PSOE y Cs, el pasado marzo.
El presidente de la Comunidad de Murcia, Fernando López Miras, junto a las consejeras Isabel Franco (centro) y Valle Miguélez, expulsadas por Ciudadanos por no apoyar la moción de censura presentada por PSOE y Cs, el pasado marzo.Marcial Guillén ((EPA) EFE)
Reyes Rincón

La Fiscalía no ve delito en el fracaso, en marzo pasado, de la moción de censura contra el presidente de Murcia, el popular Fernando López Miras. El Ministerio Público ha propuesto archivar la denuncia por presunto delito de cohecho que presentó Podemos contra el secretario general del PP, Teodoro García Egea, el presidente murciano, el exdirigente de Ciudadanos Fran Hervías y los tres diputados de Cs que, en contra de lo acordado por la dirección regional del partido, votaron contra la moción.

La denuncia del Podemos se basaba en que los tres parlamentarios de Ciudadanos (Francisco Álvarez, María del Valle Miguélez y Alberto Castillo)que hicieron fracasar el acuerdo entre Cs y PSOE para sacar del gobierno a López Miras fueron premiados con una consejería a cambio de modificar su voto. La Fiscalía del Supremo, sin embargo, considera que el cargo que se les dio no puede considerarse como una “ilícita recompensa” porque, según el decreto firmado por el fiscal Javier Zaragoza, si nombrarles consejeros a cambio de evitar la caída de López Miras es un delito de cohecho también podría serlo darle esos cargos por votar a favor de la moción de censura.

La Fiscalía sostiene así que de las informaciones publicadas en los medios de comunicación se extrae que el incumplimiento del pacto por parte de los diputados de Cs se debió solo a razones “políticas”, “identificables con un problema de liderazgo en Ciudadanos entre la candidata propuesta en la moción de censura y la que en ese momento era vicepresidenta del Gobierno regional de la Comunidad”.

Para explicar su decisión, el Ministerio Público advierte que la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el cohecho entre cargos públicos se limita a tres casos en los que concejales recibieron dinero o inmuebles por cambiar el sentido de sus votos, pero no hay antecedentes de que se haya perseguido a un político por aceptar un cargo público a raíz de un acuerdo entre partidos. Según la Fiscalía, que un diputado se oponga a un acuerdo político firmado por su formación es tan “políticamente aceptable” como participar de él, porque los parlamentarios no están sujetos legalmente a ninguna disciplina de voto.

Además de contra los diputados que hicieron naufragar la moción, la denuncia de Podemos se dirigía directamente contra García Egea y Fran Hervías, que horas después de conocerse el pacto de López Miras con los tres tránsfugas liberales anunció que dejaba Cs y se sumaba al PP, de ser cooperadores necesarios o inductores de un delito de cohecho. El fiscal sostiene, sin embargo, que no hay ningún indicio contra ellos, por lo que rechaza llamarles a declarar, como pedía Podemos.

Tras conocer la decisión del Ministerio Público, el coordinador autonómico de Podemos en Murcia y secretario en la Mesa del Congreso, Javier Sánchez Serna, ha calificado de “preocupante” que la Fiscalía no vea cohecho en el acuerdo político que frustró la moción de censura. “Es preocupante que la justicia avale el transfuguismo, una práctica corrupta que socava los fundamentos de la democracia y de las instituciones”, ha dicho Sánchez Serna, que ha insistido en que el PP “ha comprado diputados” que obtuvieron el respaldo de 140.000 murcianos que no eligieron a ese partido. Según el dirigente murciano, aunque los hechos no sean punibles penalmente, lo vivido en Murcia el pasado marzo es, “corrupción”.

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El dictamen elaborado por el Pacto Antitransfuguismo en julio pasado consideró tránsfugas tanto a López Miras como a los diputados de Ciudadanos que incumplieron el acuerdo entre su formación y el PSOE. El informe rechazó las alegaciones del PP, que no consideraba que se tratase de transfuguismo porque estimaba que los diputados de Cs se mantuvieron “fieles” al acuerdo de gobierno alcanzado en julio de 2019 entre populares y naranjas. Sin embargo, el escrito señaló que los diputados de Cs estuvieron de acuerdo en firmar la moción de censura contra López Miras, promovida por su socio de gobierno y los socialistas, pero después se retractaron de su posición y del criterio de su partido, lo que supone “la primera causa de transfuguismo”. Y lo hicieron, proseguía el dictamen, porque negociaron “con el presidente del Ejecutivo regional acceder o mantenerse en cargos de gobierno”, lo que es “una segunda causa” para ser considerado tránsfuga.

La crisis de Murcia llevó al PP a abandonar el Pacto Antitransfuguismo, firmado por los partidos con representación parlamentaria en 1998 y actualizado por última vez en 2020. Este acuerdo considera tránsfuga al representante político que se aparte del criterio fijado por “los órganos competentes” del partido por el que fue elegido, y al que se separe de la disciplina de su partido.




Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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