El Supremo declara cumplidas las penas de Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs
Los tres únicos condenados del ‘procés’ que estaban en libertad han cumplido la condena de un año y ocho meses por desobediencia que les impuso el tribunal


El Tribunal Supremo ha dictado este viernes tres autos en los que declara extinguida la responsabilidad criminal de los exconsejeros catalanes Carles Mundó (Justicia), Meritxell Borrás (Gobernación) y Santi Vila (Empresa) al haber cumplido el 9 de junio la condena de 1 año y 8 meses de inhabilitación especial que se les impuso por el delito de desobediencia. Mundó, Borràs y Vila se convierten así en los primeros condenados del procés por el Supremo que cumplen su pena, lo que les habilita para volver a ocupar cargos públicos electivos o de gobierno.
Los autos dictados este viernes por el Supremo hacen oficial la condición que se cumplió el pasado miércoles 9 de junio: la extinción de la responsabilidad penal de Mundó, Borràs y Vila. Los tres se sentaron en el banquillo del Supremo junto al exvicepresidente Oriol Junqueras y otros ocho líderes independentistas, pero al contrario del resto, los exconsellers de Justicia, Gobernación y Empresas no estaban procesados por rebelión ni sedición, por lo que afrontaron el juicio en libertad. La Fiscalía les acusaba de malversación de fondos públicos y desobediencia, pero el tribunal finalmente les absolvió del primero de estos delitos al entender que, aunque suscribieron un acuerdo del Govern para asumir de forma solidaria los gastos que se promovieran para la realización del referéndum, durante el juicio no quedó probado que hubieran puesto la estructura de los departamentos que dirigían al servicio de gastos para la celebración del 1-O.
La absolución de la malversación les libró de la pena de cárcel y solo fueron condenados a un año y ocho meses de inhabilitación especial y una multa de 60.000 euros. El tribunal rebajó luego esta cantidad en compensación por los días que habían pasado en prisión preventiva. En el caso de los exconsellers de Justicia y Gobernación, que pasaron 33 días en la cárcel (entre el 2 de noviembre y el 4 de diciembre de 2017), el Supremo rebajó la multa a 35.600 euros, mientras que el exconseller de Empresa (quien dimitió un día antes de la declaración de independencia) pasó una noche en prisión y ha tenido que pagar 48.400 euros de multa.
En las resoluciones dictadas este viernes, el Supremo recuerda que el auto de liquidación de condena que dictó en enero de 2020 fijaba para el 9 de junio de 2021 el fin de la pena de los tres condenados por desobediencia, por lo que desde este momento pueden volver a ejercer cargos públicos electivos y ocupar funciones de gobierno. Desde que fueron condenados, los tres han trabajado en empresas privadas.
Entre los indultos que tramita el Gobierno para los condenados por el procés se encuentra también el de Mundó, Borràs y Vila, pero el fin de la condena dejará previsiblemente sin efecto esas peticiones. Así lo advertía ya el Supremo en el informe que envió hace unas semanas al Ministerio de Justicia, en el que se oponía a los indultos de los 12 condenados y, en el caso de los exconsejeros de Justicia, Gobernación y Empresas justificaba su negativa en que no hay razones que obliguen a corregir la pena, ya que las multas fueron saldadas y la inhabilitación de un año y ocho meses estaba prácticamente cumplida.
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