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El doble aislamiento de los reclusos contagiados

Prisiones excluye de las videollamadas con las familias a los reos enfermos o que presenten síntomas

Óscar López-Fonseca
Exterior del Centro Penitenciario Madrid VII, en la localidad de Estremera.
Exterior del Centro Penitenciario Madrid VII, en la localidad de Estremera.

El sistema de videollamadas puesto en marcha por Instituciones Penitenciarias para “minimizar y mitigar el impacto” en los presos de la prohibición de recibir visitas de sus familiares mientras dure la crisis del coronavirus excluirá a los internos que han dado positivo en los test o permanecen en cuarentena por tener síntomas de la enfermedad. Así lo recoge el procedimiento remitido este lunes por el Ministerio del Interior a las prisiones para fijar el uso de los 205 teléfonos móviles adquiridos por la Administración para poner en marcha este tipo de comunicaciones, inexistentes hasta ahora. La tenencia de estos dispositivos dentro de prisión está prohibida.

El documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS, detalla que “con el fin de preservar la salud de los internos y profesionales penitenciarios, los internos que se encuentren enfermos o aislados por presentar sintomatología compatible con la Covid-19 no podrán hacer uso de este tipo de comunicaciones, toda vez que el riesgo de contagio en estos supuestos es muy elevado”. Hasta ahora, hay siete casos confirmados de presos contagiados por el virus —la mayoría de ellos ingresados en hospitales— y permanecen en cuarentena alrededor de 150, según los datos de Prisiones.

No obstante, no serán los únicos reclusos que no puedan contactar con sus familias a través de videollamada. Instituciones Penitenciarias admite de forma implícita que el número de terminales adquiridas resulta insuficiente para atender las previsibles peticiones de los 50.800 internos. La instrucción fija una duración máxima para cada videollamada de 10 minutos, pero también detalla un protocolo de limpieza después de cada uso para evitar contagios que limita el número de contactos que se podrán hacer al día.

Por ello, el documento especifica a qué reclusos se dará preferencia. Se trata de los internos con patologías graves que “hagan aconsejable un contacto con la familia y permitir dar a conocer visualmente a los familiares la evolución de su enfermedad”. También aquellos de los que se tenga constancia que sufren “problemas familiares que no pudieran ser paliados por otras vías” y los que hayan sufrido el fallecimiento o enfermedad grave de un familiar, o cuya pareja haya tenido un hijo. Antes de la epidemia, el reglamento preveía para estos casos permisos extraordinarios de salida, ahora suspendidos.

Tras el aislamiento de las cárceles, Interior ordenó incrementar de 10 a 15 el número de llamadas semanales que un interno puede hacer desde las cabinas de los centros. Los presidios catalanes, bajo gestión de la Generalitat, ya pusieron en marcha las videollamadas el 24 de marzo.

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Sobre la firma

Óscar López-Fonseca
Redactor especializado en temas del Ministerio del Interior y Tribunales. En sus ratos libres escribe en El Viajero y en Gastro. Llegó a EL PAÍS en marzo de 2017 tras una trayectoria profesional de más de 30 años en Ya, OTR/Press, Época, El Confidencial, Público y Vozpópuli. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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