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Junqueras recusa a todos los magistrados del Tribunal Constitucional

La defensa de los condenados por el ‘procés’ estima que el tribunal de garantías ha mostrado que carece de imparcialidad

El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, durante su primera salida para ejercer de docente en la Universidad de Vic el pasado 3 de marzo.
El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, durante su primera salida para ejercer de docente en la Universidad de Vic el pasado 3 de marzo.Susanna Sáez (EFE)
José María Brunet

Oriol Junqueras ha presentado este martes un escrito en el que recusa a todos los miembros del Tribunal Constitucional. El exvicepresidente de la Generalitat argumenta que el tribunal de garantías ha tomado ya diversas decisiones que le inhabilitan para resolver ahora los recursos de amparo contra la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, que condenó a los líderes independentistas por un delito de sedición.

La defensa de Oriol Junqueras ―ejercida por el letrado Andreu Van den Eyunde― sostiene que los miembros del Constitucional participaron en la suspensión y anulación de declaraciones del Parlament de Cataluña en términos que permiten cuestionar su imparcialidad. También avalaron decisiones del Supremo durante la tramitación de la causa, lo que a juicio de Van den Eynde ―defensor asimismo del exconseller Raül Romeva― implicaría que han entrado a valorar cuestiones de fondo del proceso penal.

También cuestiona el escrito la forma en que se han ido resolviendo los recursos de amparo presentados por los procesados en la causa del procés. En este sentido, se citan diversas informaciones de las que se desprendería que el Constitucional trató de dificultar el acceso de los acusados al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La petición de recusación subraya en este sentido que “las decisiones adoptadas de conformidad con las noticias referenciadas implican, por un lado, la exteriorización de la voluntad de que no existan posiciones discrepantes” entre los magistrados, y “por otro lado, generar una ralentización de la tramitación y resolución de procedimientos de tutela de derechos fundamentales para evitar el acceso ágil a instancias internacionales antes del dictado de la sentencia y, en todo caso, impedir la aparición antes de la terminación del procedimiento penal de decisiones en las que pudieran aparecer votos particulares que pudieran ser utilizados para la defensa” de los procesados.

La defensa de Junqueras y Romeva añade que estas decisiones solo son “comprensibles” desde “la aplicación de criterios de oportunidad en términos acusatorios que conllevan inevitablemente la apreciación de motivos de parcialidad”. El escrito destaca que a las noticias mencionadas se suma “el dato objetivo” de que las demandas de amparo formuladas en representación de Junqueras y Romeva cuando el proceso estaba en una fase inicial fueron admitidas a trámite, pero “no han sido resueltas hasta haberse dictado ya sentencia condenatoria por la Sala Segunda del Tribunal Supremo”.

Por todo ello, la defensa estima que el Constitucional “ha utilizado criterios exclusivamente de oportunidad, alejados de la legalidad, objetividad e imparcialidad requeridas, afectando al propio desarrollo del procedimiento”. Se sostiene también que estos factores llevan a apreciar “una muestra evidente de falta de imparcialidad que debe paliarse mediante la recusación de todos los miembros de este Excmo. Tribunal, en aras a salvaguardar de forma efectiva el derecho a un juez imparcial”. El escrito subraya a este respecto que “como perfectamente conoce esta Excma. Sala, el Convenio Europeo de Derechos Humanos no permite que las autoridades de los Estados firmantes (…) puedan impedir en modo alguno el acceso a la jurisdicción internacional”, como se contempla “en el artículo 34” del propio Convenio Europeo citado.

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