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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Propaganda penal

Convertir en delito la apología del franquismo no resuelve el problema

Un hombre porta una bandera preconstitucional en el Valle de los Caídos.
Un hombre porta una bandera preconstitucional en el Valle de los Caídos.Santi Burgos

La vicesecretaria general del Partido Socialista, Adriana Lastra, anunció recientemente la intención de su grupo, de acuerdo con Unidas Podemos, de incluir como delito en una próxima reforma del Código Penal la apología y exaltación del franquismo. Para justificar esta iniciativa, Lastra recurrió a la evidencia de que en democracia no caben homenajes a dictadores ni tiranos. No mencionó, en cambio, qué argumentos tienen el PSOE y Unidas Podemos para considerar que la respuesta debe ser específica y penal y, además, distinta del delito de incitación al odio que ya existe.

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Las libertades de opinión y de expresión podrían verse limitadas si la redacción de ese nuevo delito no acertara a preservarlas. Y lo que ninguna redacción de este nuevo tipo penal va a poder evitar es el deterioro del principio de economía legislativa en el que inspiran su actividad los Parlamentos democráticos. Aprobar una norma específica para castigar como delito expresiones minoritarias y no seguidas de acciones objetivamente lesivas para nadie, así exalten a un dictador, no parece el mejor camino para resolver el problema. No porque la solución penal no sea posible, sino porque es el problema el que carece de relevancia penal.

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Establecer cuándo se adquiere esa relevancia es una de las decisiones más complejas en democracia, y no debería banalizarse lanzando grandilocuentes alertas ideológicas de ningún signo. Entre otras razones, porque los poderes democráticos están obligados a distinguir entre la prevención de un riesgo y su agitación propagandística para otros fines.

Esta es la inquietante deriva en la que podrían precipitarse el PSOE y Unidas Podemos de seguir adelante con esta iniciativa, que no es sino una convalidación de las malas prácticas utilizadas por el PP cuando lanzaba reformas legislativas fundamentadas en las emociones suscitadas por un único caso. Sustituir el objeto último de aquellas prácticas no las convierte ahora en virtuosas, y mucho menos cuando se refieren a una normativa que, como la penal, debe operar como último recurso porque afecta a las libertades y los derechos básicos de las personas. El sistema no se refuerza aprobando leyes cuyos límites de aplicación son imprecisos y cuyas consecuencias pueden traducirse, además, en una deficiencia de la que empieza a adolecer el vigente Código Penal: la alteración de la jerarquía entre los bienes jurídicos protegidos y la dureza de las penas previstas para algunos de ellos.

Lejos de atajar esta deficiencia, que es consecuencia de las sucesivas manipulaciones interesadas del Código Penal, el PSOE y Unidas Podemos vienen anunciando nuevas iniciativas legislativas que se conforman con instrumentalizar esa deficiencia a su favor. La correspondencia entre los delitos y las penas es un principio irrenunciable del Estado de derecho, y esta es la razón por la que la norma penal no puede estar nunca al servicio de la propaganda, ni para establecer penas ni para aliviarlas. El sistema constitucional de 1978 dispone de instrumentos suficientes para que, sin necesidad de disimular decisiones políticas detrás de medidas legales, cualquier Ejecutivo pueda adoptar lo que mejor convenga a la convivencia democrática. No solo con quienes exaltan el franquismo, sino también con quienes, confundiendo deliberadamente esta parte ínfima con el todo, se justifican diciendo que la España democrática que garantiza las libertades y el pluralismo no existe en realidad.

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