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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Delitos y delitos

El derecho penal es el último recurso ante determinadas conductas

Pleno del Congreso del debate sobre la proposición de ley para la reforma del Código Penal para la protección de la libertad de expresión.
Pleno del Congreso del debate sobre la proposición de ley para la reforma del Código Penal para la protección de la libertad de expresión. ULY MARTIN

El pleno del Congreso aceptó el pasado martes la propuesta de Unidos Podemos para revisar un conjunto de delitos relacionados en último extremo con la libertad de expresión, como las injurias al jefe del Estado y otras instituciones, el enaltecimiento del terrorismo o la ofensa a los sentimientos religiosos. Los grupos que respaldaron la iniciativa coinciden en la reconsideración de estos tipos penales, pero no en los límites que deben ser considerados en cada caso. La amalgama entre unos delitos y otros no solo no es posible, sino que puede redundar además en una pérdida de eficacia de la regulación para los casos que merecen la intervención de los tribunales y en un recorte injustificado de la libertad de expresión. Los partidarios de mantener la actual regulación, el Partido Popular y Ciudadanos, parecen olvidar que la justicia española no es la última instancia a la que pueden recurrir los condenados.

Por lo que respecta a las injurias, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos mantiene una doctrina más favorable a proteger la libertad de expresión que las instituciones que puedan ser objeto de expresiones ofensivas, y esta circunstancia debe ser tenida en cuenta para evitar que sus sentencias pueden ser utilizadas contra la justicia española, y, por extensión, contra la calidad del sistema democrático español. El enaltecimiento del terrorismo, por su parte, merece una revisión que tome en cuenta la naturaleza de las amenazas actuales, relacionadas sobre todo con el yihadismo, a fin de prevenirlas con mayor eficacia. Finalmente, y por lo que respecta a la ofensa de los sentimientos religiosos, los casos más recientes muestran la dificultad a la que se enfrentan los jueces y fiscales para evaluar este género de delitos, muchas veces a merced de sus propios sentimientos.

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El derecho penal es el último recurso ante determinadas conductas que, no por quedar fuera de su ámbito, dejan de merecer el reproche y la condena sociales. Ampliar la esfera del derecho penal no se traduce siempre en un aumento de la seguridad material de los bienes jurídicos que se desea proteger, sino que puede conllevar mayor inseguridad jurídica para los ciudadanos. Durante los últimos años, el Código Penal se ha convertido en un terreno de propaganda desde el que salir al encuentro de las emociones producidas por delitos especialmente odiosos o por conductas que, sin ser punibles, resultan abiertamente repugnantes. Apelar de nuevo en el Parlamento a esas emociones no es el camino, poco importa que el objetivo sea promover la revisión de penas ya dictadas por la vía de revisar estos delitos, o dejar las cosas como están. Lo que cabría esperar, por el contrario, es un debate que demuestre una vez más que, en democracia, hay delitos y delitos, y que seguridad y libertad no son incompatibles.

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