Por qué los ‘jordis’ no son presos políticos
Los líderes de la ANC y de Òmniun no han sido enviados a prisión por sus ideas, sino por un delito de sedición previsto en el Código Penal de una democracia avanzada como España
Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, líderes de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium, las principales entidades movilizadoras del independentismo, fueron enviados este lunes a prisión por un delito de sedición.
La juez les acusa de haber dirigido y alentado a las masas los días 20 y 21 de septiembre para intentar impedir —aunque no lo lograron— la Operación Anubis contra la celebración del referéndum independentista del 1 de octubre. El líder de Podemos, Pablo Iglesias, varios grupos del Ayuntamiento de Barcelona, y el diario Ara, entre otros, han criticado la detención de Sànchez y Cuixart, a los que consideran “presos políticos”. “No les han enviado a la cárcel por robar sino por organizar una protesta pacífica”, ha dicho Iglesias.
¿Son Jordi Sànchez y Jordi Cuixart presos políticos?
No existe una definición universal aceptada para “preso político”, aunque podría ser descrito como una persona arrestada por sus actividades políticas, especialmente si son críticas o muestran oposición a un Gobierno.
En octubre de 2012, por primera vez un organismo internacional, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (PACE, en sus siglas en inglés), aprobó una serie de criterios para definir qué es un preso político. Según la PACE, alguien es preso político si se dan en él o ella uno de estos criterios: la detención viola alguna de las garantías recogidas en la Convención Europea de Derechos Humanos (especialmente la libertad de pensamiento, religión, libertad de expresión e información y la libertad de asociación), la detención es impuesta puramente por razones políticas, el tiempo o las condiciones de condena no son proporcionales al delito cometido, la detención es discriminatoria con respecto a otras personas o si es el resultado de un proceso judicial que es claramente injusto y motivado por razones políticas. Estos criterios no se cumplen en la detención de Sànchez y Cuixart
Según el auto de su envío a prisión, ambos son los “principales promotores y directores de las protestas del 20 y 21 de septiembre”. El 20 de septiembre, más de 40.000 personas convocadas por ANC y Òmniun se concentraron ante la Consejería de Economía de la Generalitat para protestar contra la detención de 11 altos cargos, arrestados por su participación en la organización del referéndum ilegal del 1 de octubre.
La juez Carmen Lamela argumenta que “a través de las citadas convocatorias se hacía un llamamiento, no a una concentración o manifestación pacífica, sino a la “protección” de sus gobernantes e instituciones, mediante movilizaciones ciudadanas masivas, frente a los lugares donde se estaban llevando a cabo actuaciones policiales”. Prueba de ello, según el auto, es que “en algunas convocatorias se expresaba, incluso, que las concentraciones que existían eran ‘para aturar la Guardia Civil’ (para parar la Guardia Civil), como expresa, por ejemplo, el mensaje de WhatsApp de Òmnium de fecha 20 de septiembre, enviado sobre las 8.50 horas”.
La protesta no fue pacífica. Como consecuencia de las concentraciones del 20 de septiembre, la secretaria del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona tuvo que salir de la Consejería de Economía de la Generalitat por una azotea, mientras los más exaltados destrozaron tres todoterrenos de la Guardia Civil, causando daños cifrados en 135.600 euros.
La juez sitúa a Sànchez y Cuixart como los promotores de la protesta que intentaba obstaculizar la labor de la Guardia Civil: “Durante el transcurso de la jornada, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart se erigieron como interlocutores de la concentración, afirmando que podían mover a los miembros de la concentración para sus fines, intentando negociar durante al menos cinco veces con las fuerzas de seguridad, (…) pero nunca aceptando aquellas opciones que los especialistas de seguridad ciudadana proponían para evitar o disminuir los riesgos”.
¿Son entonces Jordi Sànchez y Jordi Cuixart presos políticos? No. Su actuación, según el auto judicial, se ajusta al delito de sedición, regulado en el artículo 544 y siguientes del Código Penal y que se castiga con penas de hasta 15 años de cárcel a quienes “se alcen pública y tumultuariamente” para “impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes”, o para “impedir a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales”. No han sido encarcelados por sus ideas, sino por un delito descrito en el Código Penal de una democracia avanzada como es España.
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