Contratación temporal
La Directiva europea sobre contratación temporal (Directiva 1999/70/CE) fue aprobada el 28 de junio de ese año. Debía estar adaptada a las respectivas legislaciones el 10 de julio de 2001. Es decir, en España llevamos 15 años de incumplimiento de la Directiva. Nadie puede alegar ignorancia, la sentencia de 14 de septiembre del Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas no es la primera sobre la materia de dicho tribunal, ni la primera vez que afecta a casos españoles, sobre todo de las Administraciones públicas. Por otra parte, la directiva va mucho más allá de la indemnización por despido, afectando a la utilización de dicha contratación, que es el punto esencial.— Julián Lobete Pastor.
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