¿Para qué reformar la Constitución?
Por Esteban Beltrán (@_estebanbeltran), director de Amnistía Internacional España.
Campaña de Médicos del Mundo en la que los profesionales sanitarios se oponen a la exclusión de los inmigrantes irregulares.
La reforma de la Constitución española es un típico leitmotiv de los debates políticos, pero resulta llamativo que solo en contadas ocasiones el debate va más allá de proclamar con grandes palabras la “necesidad”, la “oportunidad”, la “obligación” o el “peligro” de reformar la ley de leyes, como si el mero hecho de usar la expresión “reforma constitucional” en el atril del Congreso o delante de los micrófonos de un medio de comunicación tuviera de por sí un efecto esclarecedor, casi mágico. Evidentemente, esto no basta. Y el debate está aún muy alejado de donde debería estar.
En mi opinión, el gran debate constitucional debería ser el siguiente: ¿Protege nuestra Constitución todos los derechos humanos adecuadamente? Y en caso negativo ¿Qué hay que reformar en la Constitución para que lo haga? Éste es el verdadero debate, porque es el que puede ayudar a mejorar radicalmente la vida de las personas en nuestro país... y fuera de él.
No es un debate teórico ni académico. Tiene que ver con realidades duras para miles de personas: ¿por qué se han iniciado en los últimos años casi 600.000 procesos de ejecución hipotecaria en España, entre ellos de primera vivienda, dejando a muchas personas en la calle o a cargo de familiares? ¿por qué cientos de miles de inmigrantes irregulares han dejado de tener la tarjeta sanitaria, que les daba acceso a la atención primaria en hospitales públicos y ambulatorios?.
La respuesta a la primera pregunta es fácil: no, nuestra Constitución no protege los derechos humanos como debería. La respuesta a la segunda pregunta también es fácil: para que la Constitución cumpla este cometido, es fundamental reformar su Artículo 53.
Los derechos humanos están regulados y protegidos por el derecho internacional y la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU. Estas normas son vinculantes para España, incluso para la propia Constitución. La del 1978regula un conjunto de materias de importancia decisiva para la libertad y la seguridad de las personas. Entre ellas, recoge y protege un conjunto de derechos y libertades, como el derecho a la vida (art. 15), la educación (art.27), o a un medio ambiente saludable (art. 45). Estos derechos, junto con la dignidad de la persona, son tan importantes, que la propia Constitución los considera la base de nuestro orden político (art. 10.1). Pero hay un problema: el Artículo 53.
El artículo 53 protege de forma diferente los derechos de las personas, porque establece una protección reforzada para los ‘derechos de primera’. Esto implica que ciertos derechos, como el trabajo o la educación, vinculan a todos los poderes públicos, tienen que ser regulados obligatoriamente por ley, que siempre debe respetar un contenido mínimo, y pueden ser reclamados directamente ante los tribunales en caso de incumplimiento. Además, algunos derechos, como el derecho a la vida o la libertad, pueden ser llevados ante los tribunales mediante un procedimiento especial, y también ante el Tribunal Constitucional.
Pero por otra parte, este mismo Artículo 53 establece una protección menor para los ‘derechos de segunda’, como vivienda, salud o medio ambiente, que no tienen las garantías anteriores ni pueden ser llevados directamente ante los tribunales en caso de incumplimiento, salvo que una ley los regule antes.
Analizar ahora por qué esto es así en nuestra Constitución nos llevaría demasiado lejos, pero es importante saber que se trata de razones históricas. Nada en las normas internacionales de derechos humanos justifica que los derechos humanos se traten de manera desigual. Al contrario, los derechos humanos no son islas sino que se relacionan entre sí. Son interdependientes e indivisibles. Disponer de atención sanitaria especializada cuando la necesitamos, cuida y protege nuestro derecho a la vida. Disponer de una vivienda, protege nuestra salud. Si uno avanza, facilita que avancen los demás. Y en el año 2012, el Comité para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU pidió a España adoptar las medidas legislativas pertinentes para garantizar a los derechos económicos, sociales y culturales un nivel de protección análogo al que se aplica a los derechos civiles y políticos.
La reforma tiene que empezar por el Artículo 53, pero debe que ir mucho más allá. Por eso Amnistía Internacional, Greenpeace y Oxfam Intermón hemos hecho pública el pasado 7 de julio una propuestaque incluye la reforma de 24 disposiciones de la Constitución conforme al derecho internacional. Y no nos vamos a quedar aquí. A través de la campaña blindatusderechos.orghemos lanzado un llamamiento a los partidos políticos, al que cualquiera puede sumarse, para que incluyan en sus programas electorales una reforma que blinde los derechos humanos en la Constitución española.
Una Constitución no es un escudo protector perfecto contra todos los males, pero cuando la norma suprema de un Estado protege los derechos humanos como es debido, los Gobiernos de turno lo tienen mucho más difícil para abusar de las personas con impunidad.
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