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Tribuna
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Contra el derecho a decidir

La mayoría no puede quitar su ciudadanía a los catalanes que quieran ser españoles

Enrique Gil Calvo

Cuando era niño en la tardía posguerra franquista se puso de moda por parte de los parientes malintencionados preguntarnos a los niños: ¿a quién quieres más, a tu papá o a tu mamá? Una trampa que te ponía en un brete, sembrando de paso la discordia entre tus progenitores, pues no te convenía menospreciar en público a ninguno de ambos. De modo que no te quedaba más remedio que contestar asegurando que no podías decidirte porque querías a los dos por igual.

Pues bien, ese recuerdo me asalta ahora constantemente cada vez que se discute en público sobre el celebérrimo derecho a decidir, reclamado con rotunda convicción por casi todos los actores de la cuestión catalana. ¿A quién quieres más, a España o a Cataluña? Nótese que no estamos hablando del derecho a preferir, que afecta a la libertad de conciencia, pues es evidente que todos los catalanes tienen derecho a sentirse más catalanistas que españolistas o viceversa. Ni tampoco del derecho a pronunciarse en público, que afecta a la libertad de expresión, pues también resulta obvio que todos los catalanes tienen derecho a declararse secesionistas o unionistas. Sino del derecho a decidir, es decir, del derecho a escoger una opción rechazando la otra para tratar de imponérsela a los demás. Lo cual ya es harina de otro costal.

¿De verdad el derecho a decidir es un derecho natural, como pretenden sus defensores y apologistas? Aquí voy a argumentar contra la naturalización del derecho a decidir que se ha venido imponiendo de un tiempo a esta parte, hasta el punto de que el Tribunal Constitucional acaba de hacerla suya por unanimidad, reconociéndola como políticamente legítima. Una legitimidad que se postula como evidente por sí misma, pero cuya carta de naturaleza me parece perfectamente cuestionable y quizás incluso rechazable, desde el punto de vista de la razón democrática y el sentido común ciudadano.

La separación de Cataluña dañaría a quienes dependen de sus impuestos

Pero antes de detallar mis argumentos empezaré por advertir que mi rechazo del derecho a decidir no me impide ser favorable a la famosa “consulta” secesionista, como ya he defendido en público en otras ocasiones. Lo cual no me plantea ninguna contradicción, pues si apoyo el referéndum de autodeterminación como mal menor, según el ejemplo de Quebec o de Escocia, es por puro pragmatismo político: un caso típico de que el fin, la coexistencia cívica, justifica los medios, por irracionales o ilegítimos que me parezcan. Dicho en términos weberianos, rechazo el derecho a decidir desde la ética de las convicciones, pero apoyo la consulta decisionista desde la ética de las consecuencias.

Bien, volvamos a mi alegato contra la naturalización del derecho a decidir. Ante todo, lo que sí resulta perfectamente legítimo es el derecho personal a decidir por uno mismo: esta es la base misma de la autonomía propia. Por eso, desde el punto de vista individual, está claro que todo ciudadano catalán tiene derecho privado a decidir qué quiere ser, si español o no. Esto es como permanecer en la fe católica o abjurar de su confesión. Pero debe quedar bien entendido que tener derecho a decidirse no quiere decir que se tenga el deber de decidirlo, pues también se tiene derecho a mantenerse indeciso. Es decir, el derecho individual a decidirse debe incluir no solo la opción ‘o/o’ (o catalán o español) sino también la opción ‘y/y’ (catalán y español). Se tiene derecho a querer tanto a mamá como a papá, según mi rancio ejemplo anterior.

A partir de aquí, elevo el nivel lógico de mi argumentación. Si bien se tiene derecho personal a decidir por uno mismo, no se tiene derecho a decidir por los demás. Una mujer tiene derecho a decidir si quiere ser madre o abortar, pero no puede decidir por las otras. Al revés, debe respetar escrupulosamente el derecho ajeno a que cada cual decida por su cuenta, sin imponer a los demás la propia decisión. O sea que el derecho a la libre decisión personal termina allí donde empieza el derecho de los otros a su propia decisión individual. Pues el derecho a decidir con autonomía debe respetar en justa reciprocidad la autonomía ajena: es la regla de oro kantiana o el principio liberal de J. S. Mill, que impide perjudicar a los demás. Es lo que ocurriría si Cataluña decidiera separarse perjudicando a los territorios que dependen de sus impuestos. Y para eso no hay derecho a decidir, como tampoco madres ni padres tienen derecho a decidir el abandono de los hijos a su cargo.

Así llegamos al tercer nivel lógico de la colectividad. Es verdad que se tiene derecho a tomar parte mediante el voto en la toma de decisiones colectivas, como principio básico del régimen democrático. Pero esa regla de la mayoría está sometida en las democracias constitucionales a dos restricciones inviolables: las decisiones mayoritarias deben respetar los derechos de las minorías, y no pueden anular, condicionar ni menoscabar los derechos fundamentales garantizados por la Constitución. Esta es la prueba del algodón que a mi juicio no supera el pretendido derecho a decidir. Dicho de otro modo: solo se tiene derecho a decidir colectivamente aquello que no perjudique los derechos privados inalienables. En particular, una mayoría de catalanes no tendría derecho a decidir por todos los catalanes, desposeyendo de su ciudadanía anterior a los que decidiesen personalmente seguir siendo españoles. Pues obligarles a catalanizarse violando su derecho individual a decidir significaría un primer paso hacia la limpieza étnica.

Salvando las distancias, estamos ante un caso análogo a la imposibilidad democrática de que una mayoría electoral apruebe la pena de muerte

Este argumento de que ninguna mayoría electoral puede obstruir los derechos fundamentales garantizados por la Constitución es el que mueve a rechazar el anteproyecto de nueva ley del aborto que propone el ministro de Justicia porque viola el derecho de las mujeres a decidir personalmente sobre su propia maternidad. Y lo mismo ocurre con el derecho a decidir reclamado por los soberanistas que desean privar de su ciudadanía española a todos los catalanes. Pues salvadas todas las evidentes distancias, estamos ante un caso análogo a la imposibilidad democrática de que una mayoría electoral apruebe la pena de muerte.

En términos figurados, y hablando metafóricamente, si no resulta admisible el derecho a decidir la pena de muerte tampoco se puede aceptar el derecho a decidir la secesión, que supone la pena de muerte (o de amputación y escisión) de toda una comunidad cívica. Según el Corominas, la etimología del verbo decidir procede del latín decidere: cortar, escindir. De modo que el pretendido derecho a decidir equivale a arrogarse el falaz derecho de dividir Cataluña y a los catalanes en dos: o secesionistas o unionistas. Es el clásico ejemplo del juicio salomónico, que para decidir qué madre quería más a su hijo propuso dividir al infante por la mitad para repartirlo entre ambas.

Justo como pretenden los defensores del derecho a decidir, que terminarán por separar Cataluña en dos mitades como si fuera el niño del juicio de Salomón. Pero con efectos mucho más trágicos, pues una vez que el Tribunal Constitucional ha naturalizado y legitimado el derecho a decidir, no parece haber ya posible vuelta atrás. Cuando la flecha ha salido disparada del arco terminará por alcanzar su blanco. Es el destino fatal de todo dilema de elección trágica, como ya vieron Goethe, Nietzsche, Weber y Berlin, cuya decisión última resulta desgarradora y autodestructiva.

Enrique Gil Calvo es catedrático de Sociología de la Universidad Complutense de Madrid.

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