La Guardia Civil concluye que Ortega Cano circulaba a más velocidad de la permitida
Dos informes entregados al juzgado que investiga el accidente sufrido por el torero ratifican que conducía a más de 90 kilómetros por hora, la velocidad máxima permitida
Dos informes de la Guardia Civil entregados al juzgado que investiga el accidente de tráfico sufrido por José Ortega Cano, en el que falleció el conductor de otro vehículo, afirman que el torero circulaba a velocidad superior a la autorizada en una carretera limitada a 90 kilómetros por hora. Esta era la primera hipótesis que se manejaba como causa del accidente, ocurrido el pasado 29 de mayo en una carretera cercana a Castilblanco de los Arroyos (Sevilla). En él falleció otro conductor, Carlos Parra, de 48 años. Ortega Cano estuvo ingresado en un hospital hasta el 11 de julio a consecuencia de las lesiones que sufrió.
Fuentes de la investigación han informado hoy a la agencia Efe de que el juez de instrucción 9 de Sevilla dispone ya de dos informes de la Guardia Civil: uno presentado el 6 de agosto por la Agrupación de Tráfico de Sevilla, que investigó el accidente ocurrido el pasado 29 de mayo, y otro entregado el 15 de agosto por el equipo de investigación de accidentes, con sede en Madrid. Aunque el juez se encuentra de vacaciones y las partes personadas no han tenido acceso a los informes, las citadas fuentes han precisado que los dos textos dan cuenta de que Ortega Cano circulaba a una velocidad excesiva.
La revista Interviú afirma en su último número que la Guardia Civil ha fijado en 123 kilómetros por hora la velocidad a la que circulaba Ortega Cano, algo que según el abogado del diestro, Jesús Zapatero, no se incluye en las conductas sancionadas penalmente, sino solo por la vía administrativa, pues en caso contrario, ha dicho, "estaríamos todos en la cárcel". Zapatero ha manifestado hoy a Efe que, de confirmarse esa velocidad, no entraría en la calificación penal de "conducción temeraria".
Según los datos que se han ido conociendo del sumario, el análisis de sangre efectuado al torero por el Instituto Nacional de Toxicología dio un resultado de 1,26 gramos de alcohol cuando el límite máximo es de 0,5 gramos.
A la vista de ambos datos, la asociación DIA de víctimas de accidentes, en un comunicado, ha pedido que la Fiscalía de Sevilla solicite la "inmediata imputación por homicidio imprudente" de Ortega Cano y la retirada cautelar de su permiso de conducir. Según DIA, la conducta del torero lleva aparejada una condena de cuatro años de cárcel y retirada del carné, pero también reclama que se le imponga "una multa ejemplar, además del pago de las indemnizaciones que correspondan".
Los abogados de la familia de Carlos Parra, el conductor muerto en el siniestro, han anunciado que pedirán de inmediato que se le tome declaración "en calidad de imputado" a Ortega Cano, si bien el extorero -que aún se encuentra convaleciente tras el siniestro- tiene cita para ser operado de colon el 14 de septiembre en el hospital Virgen Macarena de Sevilla, donde fue atendido tras el accidente.
El juez instructor tomó declaración en julio a varios testigos que alertaron al servicio de emergencias del 112 de la conducción del vehículo del torero minutos antes del accidente, si bien los abogados de la acusación y la defensa discreparon entonces sobre si el comportamiento descrito era temerario o no.
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