La trampa de la libre elección educativa neoliberal
El artículo 27 de la Constitución española reconoce el derecho a la educación y la libertad de creación de centros docentes, no el supuesto derecho a escoger centro
En el año 2002, la nunca desarrollada Ley Orgánica de Calidad de la Educación introduciría una “novedosa” y sorprendente fórmula en la legislación educativa al referirse a “los padres” como “primeros responsables de la educación de sus hijos”. Expresión recuperada por la LOE en el año 2006 mediante la modificación de la todavía vigente Ley Orgánica del Derecho a la Educación. Posteriormente, la LOMCE reforzaría esa misma noción trasladándola a los principios y fines de la educación.
Estos cambios pueden parecer neutros o inofensivos. Al fin y al cabo, ¿quién va a negar el protagonismo que padres, madres o tutores deben tener en la educación de sus hijas e hijos? Sin embargo, si hasta entonces las leyes educativas insistían en el “esfuerzo compartido” que insinuaba, por tanto, una cierta horizontalidad entre familias y otros miembros de la comunidad educativa, este tipo de fórmulas parecían dibujar una suerte de jerarquía donde la opinión o deseo individual de padres y madres comienza a primar frente a cualesquiera otros criterios e intereses educativos de la comunidad.
De hecho, en el curso de los debates parlamentarios, tanto de la LOE como de la LOMCE, aparecerían expresiones similares a las incorporadas en la ley. En algunos casos, incluso, alcanzarían un tono hiperbólico. Una asociación de madres y padres llegaría a afirmar en comisión parlamentaria que “los primeros derechos que deben respetarse son obviamente los que corresponden a las familias” que serían “los destinatarios de la educación”.
Situar a las familias como principal destinataria de la educación, no al menor o a la sociedad y su interés general, supone una ruptura radical con el sentido tradicional de las instituciones educativas, con hondas consecuencias. Implica, de algún modo, concebir la educación no como un derecho social, cuyo desarrollo se inscribe en el bien común, sino como un interés privado o una mercancía subordinada al interés del cliente, la familia, en este caso.
Por otra parte, el artículo 27 de la Constitución española reconoce el derecho a la educación y la libertad de creación de centros docentes. No el supuesto “derecho a la libre elección de centro”. Lo que sí exige a los poderes públicos es que éstos garanticen el derecho de a la educación por medio de la programación general y planificación de la enseñanza. El problema se creó con la LODE que introdujo la “libertad de elección individual de escuela”, aunque limitándola solo a los casos en que el número de solicitudes para tener plaza en un centro escolar público superara las plazas disponibles.
Lo sorprendente es que las investigaciones demuestran reiteradamente que, detrás de muchas invocaciones a la “libertad” de elección de centro, lo que se esconde es el rechazo a la mezcla social, a educar a los hijos e hijas con los que no son de la misma clase: “la libertad de elección de centro no existe, es un término falaz para justificar un sistema que segrega al alumnado y que sirve a las clases medias y altas para alejarse de los alumnos extranjeros y de las clases bajas”. En definitiva, que esa pretendida “libertad de elección de centro escolar” se convierte realmente en segregación escolar. “Lo que respalda la evidencia estadística es la creencia de los padres y las madres en que los contactos sociales y los compañeros y las compañeras de aula pueden influir en los resultados educativos y en el futuro sociolaboral de sus hijos e hijas, motivo por el cual suelen preferir centros concertados”, donde las características socioeconómicas medias del alumnado y de sus familias parecen proporcionarles más ventajas en las relaciones futuras.
Estamos, por tanto, ante una reformulación en clave neoliberal del concepto de “libertad educativa”. Se pretende restringir esta noción, originalmente concebida como un derecho social vinculado al bien común, a un interés privado asociado exclusivamente con la posibilidad de elegir centro y enseñanza en función de convicciones o intereses privados. Esta mutación de la libertad educativa ha desembocado, como ya advirtió la OCDE, en un proceso progresivo de segregación escolar y social donde el alumnado con mayores dificultades y más desfavorecido se concentra en determinados centros, que reúnen la inmigración y alumnado autóctono en situación de riesgo y exclusión social. Mientras tanto, otros centros, en su mayoría concertados pero también algunos públicos, seleccionan a determinado alumnado que no presenta diversidad funcional, que no tiene dificultades de comportamiento, que no es absentista, etc.
Además, a pesar de que las familias tienden a creer que son ellas quienes seleccionan el centro educativo, en realidad son estos centros los que seleccionan a su alumnado de diversas maneras: ubicando sus centros en determinados barrios y zonas urbanas; seleccionando a quienes garanticen al centro resultados y estar en la parte alta de los rankings; poniendo trabas o expulsando a quienes pueden poner en riesgo esos resultados por su bajo rendimiento; estableciendo mecanismos de cuotas “voluntarias” para que accedan solo quienes tienen recursos que les garanticen la estabilidad económica; implantando programas que convierten en oportunidades para segregar y seleccionar a sus clientes, sea el bilingüismo, programas de excelencia o bachilleratos internacionales.
Obviamente, esa peculiar construcción de la “libertad de enseñanza” se ha acabado convirtiendo en la defensa de privilegios: desde la libertad de determinados centros concertados para imponer barreras económicas y culturales a muchísimas familias, hasta la libertad de la Iglesia Católica para condicionar el sistema educativo, pasando por la libertad de determinadas familias de exigir que se atienda su “demanda social” para evitar la pluralidad y la convivencia con quienes no son de su misma clase o de la clase a la que aspiran llegar. Pero evidenciar esos privilegios no obsta para reconocer que ese nuevo sentido común ha permeado buena parte del cuerpo social, incluso entre sectores que ni siquiera disfrutan de ellos.
Este desplazamiento discursivo no fue casual ni espontáneo. Obedecía, más bien, a la adaptación de la cultura educativa a un nuevo tiempo neoliberal. Una época donde la concepción de libertades, derechos y deberes sociales construidos en común ha sido progresivamente destruida y desplazada por la idea de bienes privados seleccionados o “elegidos” en y desde el ámbito privado, por quienes podían hacerlo. Centrando toda la agenda del debate público sobre la libertad negativa que, para el neoliberalismo educativo, se plasma en la capacidad individual de los padres y madres a decidir cómo, con quién y en dónde deben ser educados sus hijos e hijas.
Este neoliberalismo educativo se ha encapsulado así en la defensa de la libertad negativa, aquella que considera que un individuo es libre en la medida en que nada o nadie restringe su acción de elegir o que puede ejercer su voluntad individual. Pero oculta y niega la libertad positiva que se refiere a la capacidad colectiva para establecer los medios y mecanismos que permitan y posibiliten ejercerla a todos, al contar con las posibilidades para ello.
En un Estado Social y de Derecho es la comunidad social, a través los poderes públicos y las Administraciones educativas quienes establecen las leyes, normas y reglas que generan las condiciones de posibilidad para garantizar a todos y todas el derecho a la educación en equidad, planificando y programando el sistema educativo de forma pública en función del bien común y no de los intereses individuales. Para ello restringen la libertad negativa interesada de los individuos (por ejemplo, en la conducción vial prohibiendo conducir por el carril izquierdo o saltarse los semáforos en rojo) en aras de preservar y garantizar tanto las libertades positivas de todos y todas, y también las libertades de quienes no tienen los mismos recursos y medios en una sociedad tan desigual como la que se mantiene estructuralmente en un sistema como el capitalista.
En ese sentido, la hegemonía de la ideología educativa neoliberal ha sido tal que se ha naturalizado la trampa de confundir la libertad con el deseo particular de padres y madres. Esta peligrosa confusión invita a percibir la equidad educativa, es decir, el papel de los poderes públicos en la asignación de recursos o la defensa de un sistema educativo común, como incómodos límites de la “libertad educativa (neoliberal)” de los individuos.
Lo cierto es, sin embargo, que esos “límites” a la libertad son, muy al contrario, la condición necesaria para garantizar el derecho común y una libertad compartida y justa. La comunidad social debe dar respuesta no a los deseos individuales, sino a las necesidades colectivas garantizando el derecho a la educación pública de todos los menores en condiciones de equidad y justicia.
Romper el falso dilema entre educación pública y libertad pasa por reivindicar el derecho de la comunidad social a la libertad positiva, que plantea la misma Constitución española, de reconstruir una educación pública participativa, democrática, capaz de hacerse cargo de una sociedad diversa y donde la implicación de las familias en el proceso educativo es más intensa, comprometida y democrática.
Una educación que pivote sobre el derecho de las familias a elegir instituciones escolares según sus preferencias privadas e imponer sistemáticamente su criterio frente al de otros agentes de la comunidad educativa, no supone en modo alguno una ampliación de la libertad y el derecho a la educación de todos y todas, sino la defensa de un sistema neodarwinista de lucha y competición por conseguir imponer los intereses privados de quien tiene más recursos o posibilidades, de hacer valer “su libertad” frente a los otros.
Ese marco nos aboca a una educación crecientemente segregadora, desprovista de los mecanismos para que las generaciones futuras desarrollen plenamente su autonomía personal y colectiva en una sociedad plural y plenamente democrática. La gran paradoja neoliberal es que nos “regala” la ficción de una mayor capacidad de decisión en el ámbito privado y de los intereses particulares a costa de estrechar la libertad de deliberar y decidir colectivamente sobre cómo garantizar de una forma equitativa el bien común. Es más, esta lógica perversa invierte los términos del problema y, las clases populares acaban financiando “libremente” los exclusivos conciertos educativos de las clases medias y altas, reproduciendo con dinero público la segregación escolar y la desigualdad social.
En definitiva, la trampa de la libre elección neoliberal en educación se basa en la lógica individualista de la “ética del más fuerte” y no en la lógica igualitaria de la pluralidad y la convivencia basada en el bien común y la garantía del derecho a la educación de todos los menores de la comunidad social. Así entendida, la libertad de elección es un privilegio y no un derecho, además de una estrategia para situar la educación dentro del proceso de privatización del mercado.
El Estado debe velar por el bien común y no fomentar un mercado educativo con rankings de colegios, en donde las familias compitan para conseguir la mejor oferta, como si de un gran supermercado se tratara. El desarrollo de un sistema público inclusivo, plural, democrático y equitativo, lejos de cancelar la libertad educativa, genera el sustrato de la misma. Por eso, una educación pública es el mejor lugar para recordar que no somos libres frente a, sino con los demás.
Enrique Javier Díez Gutiérrez es profesor de la Facultad de Educación de la Universidad de León. Carlos Bernabé Martínez es investigador en Educación de la Universidad de Murcia
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