Condenan a Sony a pagar el móvil de sustitución que un cliente tuvo que comprar después de gastarse 700 euros en un terminal defectuoso
Una decisión que refuerza el principio de reparación integral del daño y que puede sentar precedente ante futuras reclamaciones por deficiencias

El Juzgado de Primera Instancia número 67 de Madrid ha dictado una sentencia que supone un importante respaldo a los derechos de los consumidores frente a las prácticas abusivas en materia de garantías comerciales. Sony Mobile Communications Iberia S.L. ha sido condenada a devolver a un cliente 699 euros correspondientes al importe de un teléfono móvil defectuoso y otros 180 euros por la compra de un segundo terminal que tuvo que adquirir el usuario ante la falta de solución por parte de la compañía (acceda aquí a la sentencia).
La resolución, con fecha de 31 de marzo de 2025, estima la demanda interpuesta por el cliente, representado por el despacho Legalion Abogados, que adquirió el dispositivo en diciembre de 2015 a través de la web oficial de Sony. El contrato incluía una garantía comercial que ofrecía cobertura ampliada más allá de la legal, que incluía la reparación, sustitución o reembolso del bien en caso de no ajustarse a las especificaciones ofrecidas.
Sin embargo, apenas un año después de la compra, el terminal comenzó a presentar fallos en la unidad de carga. Sony se negó a asumir la reparación bajo garantía, porque, según alegó, el cliente la había golpeado o maltratado el móvil. La compañía afirmó que el terminal había llegado “doblado”, un argumento que el juez ha considerado que no estaba justificado.
“Esta sentencia confirma los derechos de los consumidores ante los abusos de las marcas en la aplicación de garantías”, valora el abogado que ha conseguido esta victoria judicial, Mario Rodríguez López, de Legalion Abogados. “Se tiende a imputar al consumidor la responsabilidad de un mal uso del móvil cuando, como en este caso, se trata claramente de un problema de fábrica”, añade.
Negociaciones
Durante el procedimiento judicial se intentó alcanzar un acuerdo extrajudicial. Sony propuso la entrega de un terminal de sustitución, pero el pacto fracasó cuando el cliente recibió un dispositivo que no cumplía con los estándares mínimos de calidad: no era nuevo, venía en caja abierta, sin precintos, sin manuales, sin cables ni cargador, y carecía de garantía. En consecuencia, el cliente lo rechazó de inmediato.
El juez ha considerado que con esta propuesta la compañía incumplió sustancialmente la garantía asociada a la compra del terminal.
Reparación del daño
La sentencia subraya que Sony debía cumplir con la garantía extendida que ofreció y que, en consecuencia, el consumidor tenía derecho a recibir un producto conforme con lo pactado o, en su defecto, a ser indemnizado por los daños sufridos. “Además, en este caso resulta sorprendente el intento de acuerdo de la compañía, que ofreció un terminal que no reunía ni las mínimas condiciones de uso. El cliente se vio obligado a adquirir otro móvil, y ese gasto también ha sido reconocido”, explica Rodríguez López.
En su demanda contra Sony Mobile, el cliente había solicitado que se le devolviera el terminal totalmente reparado, cubierto por el plazo de garantía o que, en caso de que no fuera posible su arreglo, que se le reembolsaran los 699 euros que tuvo que pagar por él o que se lo devolvieran sin reparar con el abono del coste de reparación, estimado en aproximadamente 430 euros.
Finalmente, el juzgado ha ordenado no solo la devolución del importe del teléfono defectuoso (699 euros), sino también del segundo terminal (180 euros) adquirido por el cliente perjudicado como solución provisional mientras se resolvía la controversia. Una decisión que refuerza el principio de reparación integral del daño y que puede sentar precedente ante futuras reclamaciones por deficiencias en garantías comerciales. Como concluye el abogado del demandante: “La sentencia representa un avance en la protección jurídica del consumidor, al reconocer no solo el defecto de origen del terminal, sino también los perjuicios adicionales ocasionados por el incumplimiento de la marca”.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
¿Tienes una suscripción de empresa? Accede aquí para contratar más cuentas.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Más información
Archivado En
Últimas noticias
El juzgado vuelve a rechazar abrir juicio oral a Mónica Oltra en la causa del encubrimiento de los abusos de su expareja
Euromillones: sorteo del viernes 19 de diciembre
Barcelona otorgará la medalla de oro a Anna Balletbó pese al voto en contra de Junts y ERC
Mercadona concede una semana más de vacaciones y una nómina extra a 110.000 empleados a partir de 2026
Lo más visto
- El Supremo condena a ‘Okdiario’ y a Eduardo Inda por intromisión en el honor de Iglesias al acusarle de cobrar de Venezuela
- Los hijos de Isak Andic negocian un acuerdo para pagar 27 millones a la pareja del empresario y cerrar el conflicto por el legado
- Irene Escolar: “Si la gente se droga es porque encuentra en ello una anestesia que necesita. Negarlo es absurdo”
- Eduardo Casanova anuncia que tiene VIH: “Hoy rompo este silencio tan doloroso”
- La asociación mayoritaria de guardias civiles no está de acuerdo con la DGT en sustituir los triángulos por la baliza V16






























































