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Consumo investiga a inmobiliarias que cobran comisiones ilegales por el alquiler de viviendas

Las infracciones graves podrían conllevar multas de hasta 100.000 euros y las muy graves de hasta un millón. En algunos casos, pueden superarse estas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilegal obtenido

Pisos en venta y en alquiler en una agencia inmobiliaria de Barcelona, en una imagen de archivo.
Pisos en venta y en alquiler en una agencia inmobiliaria de Barcelona, en una imagen de archivo.Gianluca Battista

El Gobierno ha puesto bajo la lupa a varias agencias inmobiliarias por cobrar comisiones ilegales en el alquiler de viviendas. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha iniciado una investigación tras detectar una serie de prácticas abusivas sobre los inquilinos, como el cobro de comisiones por la gestión de arrendamientos, la imposición de contratos temporales sin justificación legal y la inclusión de cláusulas abusivas.

La Dirección General de Consumo, el organismo que formalmente ha impulsado la investigación, recibió varias denuncias desde el sector inmobiliario, y ha detectado estas prácticas en empresas que operan en todo el territorio español, aunque no detalla los nombres de las agencias ni el número de ellas que están siendo investigadas. Fuentes cercanas al proceso indican que algunas de las infracciones observadas podría calificarse de graves, lo que conllevaría sanciones de 100.000 euros, e incluso de muy graves, lo que supondría multas de un millón de euros.

Uno de los principales motivos de denuncia es que algunas agencias están trasladando de manera ilegal los costes de gestión y formalización del contrato a los inquilinos, una práctica que va en contra de la Ley del Derecho a la Vivienda, la cual prohíbe expresamente este tipo de cargos. El pasado mes de febrero, la Dirección General de Consumo ya había notificado a diferentes inmobiliarias que no pueden cobrar una comisión por sus servicios a los inquilinos. El organismo había recibido información sobre algunas compañías que cobraban a los inquilinos una comisión equivalente a un mes de alquiler de la vivienda más un 21% de IVA.

En redes sociales, incluso se han viralizado en los últimos meses otro tipo de abusos por parte de algunas inmobiliarias que cobran por el solo hecho de visitar un piso en alquiler, algo que muchos deciden pagar por la gran demanda y poca oferta de alquiler existente.

Además, Consumo ha detectado el uso indebido de contratos de alquiler temporal sin la debida justificación legal y que contraviene la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Esta normativa protege a los inquilinos garantizando contratos de larga duración, salvo en circunstancias claramente justificadas.

Desde el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 recuerdan que la vivienda es un derecho fundamental, y que la inclusión de cláusulas abusivas o cualquier práctica que atente contra los derechos de los inquilinos viola tanto la LAU como la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Estas leyes contemplan sanciones significativas por la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas, la realización de prácticas comerciales desleales y la introducción de cláusulas abusivas en los contratos.

En ese sentido, las dos primeras infracciones podrían calificarse como graves y ser sancionadas con multas de hasta 100.000 euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido. La tercera infracción, podría calificarse como muy grave y ser sancionada con multas hasta un millón de euros, e igualmente se puede sobrepasar esa cifra hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio obtenido. Una práctica usual y que entraría en este tipo de abusos es pedir al futuro inquilino el adelanto de varios meses de renta por adelantado, cuando por ley solo se puede exigir el pago de un mes en adelanto. En la inmensa mayoría de casos, el inquilino no tiene opción y paga o se queda sin piso.

Consumo reitera su compromiso con la protección de los derechos de los inquilinos y el acceso justo a la vivienda. Además, ha explicado que ya se han llevado a cabo programas informativos con las agencias inmobiliarias para prevenir este tipo de abusos, abordando temas como el cobro de fianzas desproporcionadas, la imposición de garantías adicionales, o la mencionada exigencia de mensualidades por adelantado. También se les ha informado sobre los cambios normativos que prohíben el cobro de comisiones a los interesados en alquilar una vivienda, por lo que deberían conocer que estas prácticas están prohibidas.

El problema del acceso a la vivienda, una situación que sufren especialmente los inmigrantes y jóvenes, derivó en una manifestación masiva en Madrid el pasado 13 de octubre, en la que el sindicato de inquilinas e inquilinos relanzó la propuesta de una huelga de pagos del alquiler. Pese a la dificultad de llevar a cabo una acción de este tipo que podría derivar en el desahucio de miles de personas, el sindicato triplicó el número habitual de asistentes en su primera asamblea posmanifestación.

Pisos turísticos que operan sin licencia

Desde el ministerio que dirige Pablo Bustinduy aseguran que la protección del derecho de acceso a una vivienda es una línea prioritaria y que en el marco de sus competencias harán lo posible por garantizar este derecho y acabar con las prácticas abusivas que sufren los inquilinos. En esta línea, las mismas fuentes destacan la investigación abierta también por el ministerio contra la publicidad de los pisos turísticos que operan sin licencia.

Este año el ministerio ya inició una investigación con el objetivo de que las plataformas de anuncios de viviendas turísticas (como Airbnb, aunque no mencionaba la compañía de forma expresa) le envíen información sobre la oferta que comercializan en algunas ciudades en las que, de acuerdo con los datos que se ofrecen incluso en canales oficiales, se están publicitando más pisos de los que tienen licencia.

Para enfrentar esta situación, la semana pasada el Ejecutivo presentó en el Consejo de Ministros un real decreto que busca agilizar la regulación y combatir el fraude en los alquileres turísticos. Este decreto regulará dos aspectos fundamentales: la justificación de la temporalidad en los contratos de alquiler de corta estancia, y la creación de un registro único para las viviendas de alquiler turístico de corta duración.

Este registro, denominado Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, será de obligatorio para todas las viviendas de alquiler vacacional en España. Cada vivienda que desee publicitarse en plataformas digitales deberá estar inscrita en este registro y obtener un número de identificación. Sin este número, la vivienda no podrá ser anunciada en sitios web ni aplicaciones, lo que limitará la proliferación de anuncios ilegales.

El Colegio de Registradores jugará un papel clave en este proceso, ya que serán los encargados de verificar que las viviendas cumplan con los requisitos establecidos por las normativas autonómicas y municipales. Además, comprobarán si las propiedades cuentan con la licencia necesaria para ser ofertadas a turistas. Con este sistema, el Gobierno busca frenar el alquiler ilegal y también apoyar a las comunidades autónomas y ayuntamientos en la supervisión y control de esta actividad, ya que las administraciones locales son quienes tienen estas competencias.

El objetivo del Ministerio es que este nuevo sistema entre en funcionamiento a lo largo de 2025, aunque se contempla un periodo de pruebas previo para garantizar la correcta implementación y su seguridad jurídica. Esta iniciativa pretende poner fin a la falta de transparencia y descontrol en el mercado de alquiler turístico, ofreciendo un marco normativo más claro que proteja tanto a los inquilinos como a los propietarios, y garantice el cumplimiento de las leyes vigentes.

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