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Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

El salvavidas de la abogada Kokott

Se cumplen diez años de la resolución europea que estableció que el procedimiento de ejecución de las hipotecas en España era incompatible con el derecho comunitario

Andreu Missé
Unas 200 personas forman un tapón en el portal de un edificio, entre ellos integrantes de la plataforma Stop Desahucios.
Unas 200 personas forman un tapón en el portal de un edificio, entre ellos integrantes de la plataforma Stop Desahucios.Álvaro García

Mañana, 8 de noviembre, se cumplirán diez años de una trascendental decisión europea para los derechos sociales de este país. La jurista alemana Juliane Kokott, Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, (TJUE), emitió una resolución que significó un punto de ruptura en la historia del derecho de la vivienda. Estableció que el procedimiento español de ejecuciones hipotecarias era “incompatible” con el derecho europeo por “restringir” las posibilidades de oposición del deudor.

La realidad era que el fulminante procedimiento de ejecución hipotecaria era prácticamente imparable. El impago de una única cuota podía poner en marcha el mecanismo que acabaría irremisiblemente en desahucio. La crisis ya llevaba contabilizadas 350.000 ejecuciones hipotecarias en los cuatro primeros años de la crisis. Alarmados por la situación, en octubre de 2012 un representativo grupo de magistrados elaboraron un documento que aludía a “la mala praxis de las entidades bancarias” a las que responsabilizaban como causantes de la crisis. Subrayaban las ventajas de las entidades financieras debido “a un procedimiento privilegiado para el cobro de créditos hipotecarios, creado en 1909, debido a la presión de los bancos”.

Las conclusiones de la Abogada General abrieron una ventana de esperanza a las plataformas, asociaciones de consumidores y partidos que venían denunciando en solitario la injusticia que significaba la expulsión de miles de familias de sus casas con la ley en la mano. El apoyo de Europa fue decisivo. El mensaje de Kokott fue la primera tabla de salvación para cientos de miles amenazados por un desahucio. Y visualizó el derecho europeo como un referente para la defensa de la vivienda como ha ocurrido con el medio ambiente.

La resolución de Kokott no se había producido por generación espontánea. Fue consecuencia de la determinación de dos juristas. La tenacidad del abogado Dionisio Moreno, que a brazo partido, trató de impedir que la familia de Mohamed Aziz fuera expulsada de su casa. Sus demandas cayeron en manos de un juez, José Maria Fernández Seijo, uno de los más avezados conocedores del derecho europeo, que instó una decisiva cuestión prejudicial al TJUE que desencadenó esta relevante historia. La sentencia europea del caso Aziz, (marzo de 2013), fue el primer cambio significativo al que luego seguirían una catarata de resoluciones europeas, que han forzado la modificación de la anacrónica legislación civil española y la reiterada rectificación de la conservadora doctrina del Tribunal Supremo.

El impacto de la decisión de Kokott fue inminente. Respaldó la decisión de paralizar los desahucios como la adoptada unos meses antes por la sección tercera de la Audiencia de Castellón, presidida por José Manuel Marco Cos, o la inmediata suspensión de estos juicios adoptada por el magistrado Francisco González de Audicana, de Barcelona.

Las mejoras legales en vivienda han sido sustanciales en la última década. Pero estamos lejos de que el ejercicio de este derecho sea una realidad. Los debates sobre la nueva ley deberían inspirarse más en el derecho europeo que tan buenos resultados nos ha dado.

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