Desahucios con mala fe y fraude de ley
Acontecimientos recientes muestran como determinadas entidades financieras no dudan en burlar la ley para desposeer de sus viviendas a familias necesitadas
Los desahucios constituyen la realidad más traumática que sufre este país desde las sucesivas crisis que empezaron con la financiera de 2008. Los han padecido cientos de miles de personas, incluidos muchos niños. A pesar de las distintas leyes protectoras que han ordenado la suspensión de los lanzamientos (la expulsión de las familias de las viviendas), los desahucios siguen siendo una realidad.
Acontecimientos recientes muestran como determinadas entidades financieras no dudan en burlar la ley para desposeer de sus viviendas a familias necesitadas. Así lo constatan los tribunales. La Audiencia Provincial de Girona dictó en septiembre una sentencia en la que condenaba las maniobras de un banco y sus sociedades filiales para expulsar de su vivienda a unos pequeños empresarios, hoy ya mayores, que fueron víctimas de la crisis económica.
Los magistrados de la Audiencia y el juez de instancia que antes analizó el caso reprochan a la entidad promotora del desahucio haber actuado con “temeridad”, “mala fe procesal e incurriendo en fraude de ley”. Por ello rechazaron el desahucio y se abrió pieza separada para analizar la mala fe. Para que se entienda la operativa es necesario ver los hechos. CaixaBank concedió un préstamo hipotecario a una familia que a raíz de la crisis no pudo pagarla. El banco inició una ejecución hipotecaria contra los propietarios que fue sobreseída por apreciarse cláusulas abusivas. El lanzamiento no se realizó. En un momento del procedimiento, el banco cedió la propiedad a su filial BuildingCenter, que posteriormente la trasmitió a otra participada del grupo Coral Homes que después solicitó el desahucio mediante un procedimiento distinto, un juicio por precario.
Según los magistrados, el fraude de ley consiste en plantear de manera inadecuada el desahucio mediante un precario, porque este procedimiento impide al demandado invocar los beneficios legales previstos para las personas vulnerables que solo se pueden ejercer en las ejecuciones hipotecarias, que es lo que correspondía.
La mala fe se desprende también al dirigir el precario contra “ignorados ocupantes”, cuando la impulsora del mismo sabía perfectamente que las personas que habitaban la vivienda eran los antiguos propietarios contra los que fracasó la ejecución hipotecaria, porque todas las sociedades pertenecen al grupo de CaixaBank.
No es un caso aislado. Las Audiencias Provinciales de Alicante, Barcelona, Sevilla y Cáceres han dictaminado también fraude de ley en casos similares contra las mismas entidades, como ha señalado la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH). La abogada Verónica Dávalos, que defiende a los acosados, concluye: “No es de recibo ni para la Administración de Justicia ni para mis representados que con la acumulación de trabajo por la pandemia tengamos que soportar la reiteración de estas acciones cuando ya saben que no son legales”.
Estas historias explican que el drama de los desahucios solo ha sido posible por unas conductas incalificables. Más injustificable si cabe si se considera que el banco pertenece en un 16% al Estado.
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