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Trabajo quiere que las empleadas domésticas puedan cobrar el paro antes de fin de año

El Congreso ratifica el Convenio 189 de la OIT que estipula que estas mujeres puedan cotizar por la prestación de desempleo, algo que la Seguridad Social no les permitía

Gorka R. Pérez
La vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, con las empleadas domésticas, el jueves en el Congreso.
La vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, con las empleadas domésticas, el jueves en el Congreso.Fernando Sánchez (Europa Press)

Decenas de empleadas del hogar celebraron este jueves en el Congreso la ratificación por parte de España del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que equipara sus derechos laborales con los del resto de los colectivos de trabajadores, de entre los que destaca la posibilidad de cotizar por la prestación de desempleo, algo que no habían podido hacer hasta ahora. Fuentes del Ministerio de Trabajo aseguran que su voluntad pasa en estos momentos por que estas trabajadoras puedan cobrar el paro antes de fin de año.

“Se inaugura un tiempo de derechos plenos para miles de mujeres. Mujeres que sostienen, con su trabajo en el hogar y en los cuidados, la marcha de este país. ¡Gracias!”, tuiteó tras la votación en el Pleno la vicepresidenta y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. La convalidación de este nuevo marco de derechos laborales recibió un apoyo prácticamente unánime, con 341 votos a favor, ninguno en contra y una sola abstención.

Tras la ratificación de este convenio, las empleadas del hogar —según datos de la Encuesta de Población activa, el 84% de personas ocupadas en el ámbito doméstico son mujeres— podrán cobrar el paro una vez que su relación laboral concluya, un derecho que la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) hasta ahora les negaba. Se trata de una victoria histórica para un colectivo de 378.466 personas, según los datos de afiliación al Sistema Especial de Empleadas de hogar, y que los sindicatos elevan en 200.000 trabajadoras más (que no están dadas de alta).

Tal y como determina el artículo 6 del Convenio 189 de la OIT, “el Estado que lo ratifique deberá adoptar medidas a fin de asegurar que los trabajadores domésticos, como los demás trabajadores en general, disfruten de condiciones de empleo equitativas y condiciones de trabajo decente, así como, si residen en el hogar para el que trabajan, de condiciones de vida decentes que respeten su privacidad”. Al mismo tiempo, reconoce también “la importancia de la contribución del trabajo doméstico a la economía mundial, pese a lo cual es objeto de infravaloración y afecta a un colectivo especialmente vulnerable, sobre todo mujeres, niñas y personas migrantes”.

La aceptación de este nuevo esquema de relaciones laborales obliga, también, a que las personas trabajadoras sean informadas sobre las condiciones de empleo de forma adecuada, veraz y comprensible, dando prioridad al contrato escrito y regulando la igualdad de trato con el resto de las personas trabajadoras en materia de descansos y vacaciones.

Al mismo tiempo, también regula las condiciones de repatriación de las trabajadoras domésticas migrantes —cuatro de cada 10 son extranjeras, y de estas últimas, siete de cada 10 provienen de países que no forman parte de la Unión Europea— al fin de su contrato, y asegura la libertad de las trabajadoras para alcanzar acuerdos con el empleador sobre su residencia en el hogar de trabajo, los periodos de descanso y la conservación de sus documentos de viaje e identidad. Además, estipula la percepción del salario como mínimo una vez al mes y limita la remuneración en especie (con servicios, bienes o beneficios de carácter no monetario).

Pellizco europeo

Fuentes del Ministerio de Trabajo aseguran que, una vez superado el trámite parlamentario, el objetivo es “ir lo más rápido posible” para tratar de adaptar el sistema normativo laboral español a las nuevas disquisiciones. La propia Díaz ya ha avanzado que se legislará para que la equiparación de derechos se produzca en un breve espacio de tiempo y estas trabajadoras puedan cobrar la prestación por desempleo antes de final de año.

La ratificación de este convenio se ha acelerado después de que los tribunales europeos calificaran al sistema español como contrario al derecho comunitario. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró en una sentencia publicada en febrero que el régimen laboral de las trabajadoras domésticas era discriminatorio por no reconocer el derecho al desempleo a este colectivo, lo que suponía una discriminación indirecta por razón de sexo. Este pronunciamiento se produjo tras la consulta de un juzgado de Vigo, que, tras recibir esta respuesta, reconoció el derecho de una trabajadora gallega a cotizar por su trabajo, y por ende, a recibir una prestación por desempleo.

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Sobre la firma

Gorka R. Pérez
Es redactor de la sección de Economía y está especializado en temas laborales. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS. Antes trabajó en Cadena Ser. Es licenciado en Periodismo por la Universidad del País Vasco y Máster en Información Económica de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

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