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El Constitucional tumba el decreto que integra las pensiones de clases pasivas en la Seguridad Social

Señala que esta incorporación “no reunía los requisitos de urgente y extraordinaria necesidad”

Concentración de jubilados en Terrasa, en noviembre.
Concentración de jubilados en Terrasa, en noviembre.CRISTOBAL CASTRO
José María Brunet

El Tribunal Constitucional (TC) está subiendo el listón de sus exigencias sobre la justificación de la urgencia en la aprobación de los decretos-leyes, y ha tumbado en su pleno de esta semana el real decreto-ley 15/2020 sobre medidas laborales y fiscales, en el que se integró el régimen de clases pasivas en la Seguridad Social. En dicho régimen, que supone un gasto superior a los 15.000 millones de euros anuales, hay en estos momentos unos 650.000 funcionarios jubilados y también en activo. La sentencia del TC señala que “el Gobierno hizo un mal uso del real decreto” pues “el traspaso a la Seguridad Social no reunía los requisitos de urgente y extraordinaria necesidad”, requisito esencial para que puedan adoptarse medidas de calado por esta vía.

Al aprobar la medida, el Gobierno justificó la conveniencia de actuar con rapidez porque se trataba de unos “cambios normativos” para los que no era conveniente esperar. Se añadió que dichas modificaciones no podrían ser aprobadas con la suficiente celeridad “mediante el procedimiento ordinario de tramitación parlamentaria”. Y consideró que el retraso en la puesta en marcha del sistema produciría “inseguridad jurídica e incertidumbre en una materia, las pensiones, particularmente sensible para el conjunto de la ciudadanía”.

La sentencia del Constitucional sobre las clases pasivas ha tenido un voto particular en contra. Ha sido formulado por el magistrado Cándido Conde-Pumpido, quien considera que sí existían evidentes razones de urgencia para que los cambios que contempla se aprobaran como decreto-ley. Dicho magistrado estima que, en lo esencial, la medida adoptada es de índole puramente administrativa necesaria y urgente. La tesis de Conde-Pumpido es que el objetivo del decreto-ley consistía en hacer efectiva una competencia del Gobierno como es la modificación de un departamento ministerial, y que se adoptó en el momento inicial de la pandemia cuando el confinamiento y el estado de alarma no permitían la tramitación urgente de una reforma legislativa dadas las propias dificultades de funcionamiento que afectaban al Parlamento.

Oleada de protestas

El recurso contra este decreto-ley fue presentado por el PP. El Constitucional –que aún no ha dado cuenta del fallo– admitió la impugnación a trámite en julio pasado. Y el Gobierno activó en paralelo un proyecto de ley con los mismos fines sobre los cambios en el régimen de clases pasivas, lo que permite la presentación y debate de enmiendas al texto propuesto. La crítica a la iniciativa del Ejecutivo se centró desde el primer momento en las dudas que generaba el cambio.

La modificación de la gestión de las prestaciones y pensiones de los funcionarios sin intervención de los grupos parlamentarios y debate público, y sin consultas a los sindicatos provocó una oleada de protestas. Según ha explicado el sindicato CSIF en un comunicado, solicitó al Ministerio de Seguridad Social “una aclaración sobre las consecuencias de dicho traspaso de gestión” por una “situación que generó una gran incertidumbre en el colectivo de funcionarios”, que vieron “recortados sus derechos de pensión” y que ha provocado “una oleada de jubilaciones anticipadas”.

En su nota, CSIF detalla que “tal y como ha reconocido el propio Gobierno en una respuesta parlamentaria al PP, entre junio y diciembre de 2020 se produjeron 10.387 jubilaciones voluntarias a los 60 años de edad, un 26,2% más que en el mismo período de 2010″.

El Régimen de Clases Pasivas del Estado incluye fundamentalmente al personal militar y a funcionarios de la Administración General del Estado, de la Administración de Justicia, de las Cortes Generales y de otros órganos constitucionales o estatales, así como a los funcionarios transferidos a las comunidades autónomas.

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