La justicia europea no ve discriminatorio negar un complemento de maternidad a una trabajadora que se jubiló anticipadamente
El tribunal considera que el complemento no depende del sexo de la trabajadora, sino de las condiciones de la jubilación
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este miércoles que no percibe discriminación por razón de sexo en el caso de una trabajadora en Cataluña a la que le fue denegado un complemento de maternidad en su jubilación, al ser ésta anticipada. En su sentencia, el tribunal comunitario dictamina que el complemento de pensión por maternidad a las mujeres que se jubilan anticipadamente por voluntad propia no se vincula al sexo de la trabajadora afectada, sino a las condiciones en las que se accede a la jubilación, así que el supuesto trato discriminatorio no se produce por razón de sexo.
Según justifica, el trato desigual solo se puede referir a casos de discriminación entre trabajadores de sexo masculino, por una parte, y trabajadoras de sexo femenino, por otra. Por lo tanto, la situación denunciada por la trabajadora está fuera del ámbito de aplicación de la Directiva de igualdad de trato entre hombres y mujeres.
El caso se produjo en Barcelona, después de que una trabajadora del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que se había jubilado anticipadamente por voluntad propia presentara una reclamación contra la institución tras serle denegado el complemento de maternidad por ser madre de tres hijos. El INSS desestimó su reclamación porque, según la legislación española, este complemento no se aplica en los casos de jubilación anticipada por voluntad de la interesada, y esta decidió entonces recurrir a los tribunales.
Ante las dudas sobre cómo interpretar la legislación europea, el Juzgado de lo Social número 3 de Barcelona solicitó a la justicia europea que interpretase el principio de igualdad de trato en el sentido de la Directiva sobre la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social. Y este falló contra la demandante.
En febrero de este año, el Gobierno aprobó el rediseño del complemento de maternidad. El texto recoge que la nueva ayuda se reconocerá también en los casos de jubilación anticipada voluntaria ―hasta ahora su alcance se limitaba a las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad―.
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