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El juez reprocha “mala fe” a los denunciantes del relleno de las joyas de Tous y les impone el pago de las costas

La Audiencia Nacional confirma el archivo definitivo de la denuncia por publicidad engañosa y estafa

Escaparete de una tienda Tous.
Escaparete de una tienda Tous.GEtty
Elena G. Sevillano

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha impuesto a la asociación que denunció una presunta estafa con las joyas de Tous el pago de las costas del proceso por su "mala fe". Lo ha hecho en un auto, conocido este lunes, en el que confirma el archivo de la denuncia por delitos de publicidad engañosa, estafa continuada, falsedad en documento y corrupción en los negocios en relación con la composición de algunas piezas de joyería de la marca del oso.

En un auto, el magistrado desestima el recurso que había presentado la Asociación Consujoya después de que Pedraz ordenara el archivo y le impone, tal y como solicitó la empresa catalana, el pago de las costas por su “evidente mala fe y temeridad en formular este recurso". El juez considera que está clara la "inconsistencia de sus pretensiones y la injusticia y sinrazón de su acción (presentación torcida de los hechos y dando lugar a confusión de la instrucción de la causa desde la denuncia)" y señala que con más motivo en "una asociación se supone experta en metales preciosos y técnicas de joyería y conocedora de la legalidad vigente”.

El auto desestima todos los argumentos planteados por Consujoya para la reapertura de la causa, entre ellos la falta de diligencias de pruebas respecto de los hechos investigados. Al respecto, Pedraz apunta que, tal y como establece la ley, se han realizado sin demora las diligencias pertinentes aportadas tanto por la denunciante como las practicadas por la Guardia Civil y las Fiscalías de Córdoba y de la Audiencia Nacional y que, tal y como apunta el Ministerio Público, “han puesto al desnudo la realidad de los hechos”.

En relación con la existencia de indicios de criminalidad, el instructor sostiene que los indicios en los que se basa la acusación se concretan única y exclusivamente en "la interpretación de la norma" que hacen dos laboratorios y un testigo. La asociación de joyeros defendió a Tous tras conocerse la denuncia al asegurar que la ley española permite la fabricación de objetos con metales preciosos con rellenos y que la tecnología que usa Tous es "común, normal y habitual en el sector".

El instructor, al igual que hiciera en el auto de archivo inicial, analiza la normativa al respecto sobre metales preciosos y afirma que el artículo 55 permite el uso de materiales no metálicos para conferir estabilidad y el material empleado por Tous (no metálico), según el certificado de compra, es para dar estabilidad y “no se ha acreditado que no lo sea para otro destino y, desde luego, el de engañar al consumidor”.

Un informe de la Guardia Civil aportado al sumario señala que Tous incumple la ley al comercializar piezas de joyería rellenas de un material no metálico. El informe afirma que “se intuye que la finalidad de esta práctica es abaratar costes” al mantener el peso y la apariencia de una pieza sólida y añade que la ley obliga a que la composición sea la misma en todas las partes del objeto. Su conclusión: “Estas piezas no deberían haber sido contrastadas nunca como de plata de primera ley”.

La investigación en la Audiencia Nacional se inició por una denuncia de la asociación Consujoya presentada en Córdoba en diciembre de 2018. Unos meses después, en marzo de 2019, la Fiscalía de Córdoba incoó diligencias de investigación, que pasaron posteriormente a la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que fue la que, en noviembre de 2019, presentó la denuncia ante el juez.

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Sobre la firma

Elena G. Sevillano
Es corresponsal de EL PAÍS en Alemania. Antes se ocupó de la información judicial y económica y formó parte del equipo de Investigación. Como especialista en sanidad, siguió la crisis del coronavirus y coescribió el libro Estado de Alarma (Península, 2020). Es licenciada en Traducción y en Periodismo por la UPF y máster de Periodismo UAM/El País.

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