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La industria del cine tendrá más ayudas fiscales en 2021 pese a la oposición de PSOE y Podemos

PP, Vox y Cs apoyan una enmienda de ERC a los Presupuestos para 2021 que amplía las deducciones fiscales para las producciones cinematográficas

Cartelera de un cine de Madrid.
Cartelera de un cine de Madrid.SAMUEL SÁNCHEZ

El sector del cine dispondrá de unas ayudas fiscales como no ha tenido nunca gracias a una enmienda a los Presupuestos que introdujo Esquerra y que han apoyado PP, Vox y Ciudadanos. El PSOE, Podemos y el PNV votaron en contra. En Hacienda ha cundido la indignación porque, además, la enmienda blinda las deducciones fiscales de las comprobaciones de los inspectores. Basta con que un instituto del cine de una comunidad autónoma las certifique para que la Administración Tributaria quede vinculada a esa opinión y por tanto no pueda hacer una inspección completa del beneficio fiscal.

La enmienda la introdujo ERC en los Presupuestos de 2021. Aunque el Gobierno siempre puede vetar cualquier enmienda que suponga un roto para sus cuentas, no se atrevió a hacerlo por tratarse de un socio preferencial en la aprobación de los Presupuestos. Y optó por tumbarla en las votaciones una a una de las enmiendas. Ahí el PSOE y Podemos votaron en contra. Sin embargo, el Ejecutivo se encontró con la sorpresa de que la oposición quiso propinarle un golpe bajo, y PP, Vox y Ciudadanos votaron a favor. La iniciativa fue aprobada en el Congreso y ahora se encuentra en el Senado, donde el Gobierno quiere aprobar sin cambios las cuentas para poder tenerlas listas cuanto antes. Ello implica que seguramente la enmienda entre en vigor el 1 de enero tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Dicho esto, el paquete fiscal es tan generoso que existen dudas entre los expertos consultados sobre su alcance.

Estos beneficios fiscales, que se materializarán a través de una modificación del impuesto de sociedades, consisten básicamente en una deducción de las cantidades invertidas en un tipo superior al tributo: del 30%. Y que además se puede trasladar al coproductor con un menor control de la Hacienda tributaria. Es decir, que quien financie el proyecto cinematográfico también podrá optar a la deducción. Estas ayudas beneficiarán por ejemplo a las grandes televisiones, que tienen la obligación de hacer películas.

“Parece que el incentivo es muy importante y que trata de que sociedades y particulares no tengan que recurrir a vehículos como las Agrupaciones de Interés Económico (AIE) para poder disfrutar de la deducción, que es lo que se estila actualmente”, explica Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF).

La deducción es parecida a la que ya se establece ahora para los productores. La base de este incentivo sigue siendo el coste de las inversiones en producciones españolas y el porcentaje de deducción es el 30% para el primer millón y del 25% a partir de la cantidad que exceda ese importe. La modificación más relevante que se proyecta es que podrán aplicar la deducción, además de los productores, también quienes participen en la financiación sin necesidad de recurrir a una AIE. Es decir, va a permitir atraer más inversión.

Control de Hacienda

“Se simplifica la estructura, se clarifica. En este sentido hay pocos cambios, es un incentivo para favorecer el cine, pero también para quienes quieran realizar una determinada inversión”, resume Ransés Pérez Boga, presidente de los Inspectores de Hacienda del Estado, quien señala que hay otra modificación que amplía el alcance de la ayuda: se incrementa el límite del importe de las deducciones del 25% hasta el 50% de la cuota del ejercicio, si la deducción excede el 10% de esa cuota, tal y como ocurre con las inversiones en I+D+i.

Uno de los puntos que genera más perplejidad entre fiscalistas e inspectores es que la enmienda presentada por ERC establece que para acceder a la rebaja es necesario conseguir un sello de españolidad a través de dos documentos que serán “vinculantes” para Hacienda: un “certificado de nacionalidad” y otro documento que acredite el carácter cultural, la “vinculación con la realidad cultural española” o la “contribución al enriquecimiento de la diversidad cultural” de las obras que se exhiben en el país.

En concreto, el texto establece que estos documentos se soliciten ante el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales o los correspondientes organismos autonómicos. Determina, además, que estos certificados “serán vinculantes para la Administración tributaria” competente para acreditar y aplicar los incentivos e identificar “el productor beneficiario”.

En otras palabras, la entidad normalmente encargada de revisar las deducciones fiscales, que es Hacienda, quedaría apartada en este aspecto de la comprobación, algo que podría tener cierto paralelismo con lo que ocurrió con las sociedades de inversión colectiva (sicav). Desde 2005, es la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) quien controla si estos instrumentos de inversión tienen al menos 100 accionistas, requisito para poder tributar al 1% en el impuesto de sociedades. En la realidad, el grueso de la inversión suele concentrarse en una única persona o familia. Por ello, el Gobierno ha decidido volver a poner a la Agencia Tributaria en primera línea.

“Hasta ahora era preceptivo, pero no nos vinculaba”, explica Pérez Boga. “Los inspectores no vamos a valorar si una producción cinematográfica es idónea culturalmente o no, pero soy más crítico con el certificado de nacionalidad, porque son conceptos más económicos y la Agencia Tributaria, con los datos que tiene y las indagaciones sobre las relaciones económicas, tal vez pueda aportar una visión diferente. Me parece perfecto que el instituto cinematográfico haga un dictamen, pero debería de ser la Agencia Tributaria, tratándose de una deducción, quien haga un dictamen definitivo. No pretendemos suplir, sino complementar”, añade.

El problema más grave, según Del Amo, es “que la redacción de la enmienda es tremendamente confusa”. La deducción, tal y como se proyecta, podría beneficiar a contribuyentes del impuesto sobre sociedades que financiaran esas producciones, pero también a personas físicas que ejerzan actividades económicas con los mismos porcentajes y límites de deducción. Por otra parte, a otros expertos consultados les parece sorprendente que la norma considere que “el reintegro de las cantidades aportadas se realizará mediante las deducciones líquidas en cuota que (...) el productor traspase al contribuyente que participa en la financiación”. Además, si, como parece, la deducción se incrementa tanto, temen que la UE pueda considerar que discrimina de forma demasiado favorable a las producciones españolas.

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