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El Constitucional anula la medida de Canarias que permitía a los turistas extranjeros viajar a las islas con test de antígenos

El tribunal suspende parte del decreto del Gobierno insular por estimar que la comunidad autónoma ha regulado una materia que corresponde al Estado por sus competencias sobre la sanidad exterior

Varios grupos de turistas, a su llegada al aeropuerto de Fuerteventura el 25 de octubre.
Varios grupos de turistas, a su llegada al aeropuerto de Fuerteventura el 25 de octubre.Carlos de Saá (EFE)

Varapalo al turismo canario. Esa es la primera conclusión que sacan la mayor parte de los empresarios del sector de la comunidad tras la decisión del Tribunal Constitucional de suspender la medida del Gobierno canario que permitía la entrada a las islas de los viajeros extranjeros con una prueba de antígenos. Los magistrados han accedido a la petición presentada por el Gobierno de España, que entiende que la medida invade competencias estatales, y deja como única opción para los visitantes foráneos la presentación de un test PCR negativo.

La decisión del pleno se ha tomado por unanimidad. El conflicto de competencias se refería al decreto aprobado el 9 de diciembre por el Gobierno de Canarias. Esta disposición convertía en innecesaria la realización de una PCR para acceder al archipiélago, ya que el Ejecutivo regional estimaba que la prueba de antígenos podía bastar como prevención sanitaria. La Abogacía del Estado, sin embargo, presentó ante el Constitucional un conflicto positivo de competencias en el que solicitó entre otros extremos que la medida prevista en dicho decreto autonómico fuera suspendida, por implicar una invasión competencial en una materia, la sanidad exterior, que forma parte de las atribuciones del Estado.

Este golpe llega en pleno inicio de la temporada alta del sector en la región, que defendía la idoneidad de los antígenos por varios motivos: tienen un resultado más rápido, son más fáciles de acceder a ellos en los principales mercados emisores y, además, es mucho más económico por lo que no encarece excesivamente el viaje a las islas. Sin embargo, ahora se vuelve a la situación anterior y la industria turística de la región se tambalea ante una temporada de invierno que se antoja muy complicada debido al nivel de reservas escaso con el que cuentan.

Al plantear el conflicto, el Ejecutivo apeló al artículo 161.2 de la Constitución, que prevé la suspensión automática de la medida impugnada en cuanto se admita por el tribunal de garantías el conflicto planteado. Por tanto, queda sin efecto la disposición que permitía la entrada con la aportación de una prueba de antígenos.

El Constitucional acuerda en su resolución suspender la vigencia aplicación “de lo dispuesto en los preceptos impugnados en lo que se refiere a los pasajeros provenientes de otro Estado y de modo además que se garantice que en todo caso no se aplicará lo dispuesto (en el decreto autonómico) en todo aquello que sea más restrictivo o limitativo que lo dispuesto en el apartado 6 del real decreto (…) por el que se declara el Estado de alarma”, todo ello “para contener la propagación de infecciones” causadas por la covid-19. La resolución emplaza así al Gobierno de Canarias que formule las alegaciones que estime precisas para justificar la necesidad de la medida impugnada, que se aprobó sobre todo para tratar de facilitar las actividades del sector turístico.

Lo que sí se mantiene es la necesidad de presentar un test de antígenos o PCR los viajeros residentes en España que vayan a establecimientos hoteleros de las islas. Más desconcierto e incertidumbre para el turismo, que representa un tercio de la economía de Canarias y que se teme lo peor en los próximos meses ante el repunte de contagios por toda Europa, incluido Alemania y Reino Unido, los dos principales caladeros de turistas.

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