España acierta cuando va de Europa
La contribución española al plan de reconstrucción económica de la UE tras la pandemia es excelente
España acierta cuando propugna, abandera y arrima el hombro a la causa de más Europa. Y yerra si sestea, ombliguea o se automargina. La contribución española al plan de reconstrucción económica de la UE tras la pandemia (Spain’s non paper on a european recovery strategy, 19/4) es excelente.
No es insólito, pero sí poco frecuente. Bajo el Gobierno de Mariano Rajoy presentó dos grandes documentos (ver esta columna del 27/5/2015 y del 14/5/2017) sobre el mismo asunto, completar la unión económica y monetaria.
Pero ahora va más allá. Por razones políticas. Afrontamos una crisis existencial. La ministra del ramo, Nadia Calviño, conoce el monstruo desde dentro. El presidente Pedro Sánchez juega todo a esta carta. Y eso fermenta y se despliega sobre una conjunción astral en Bruselas/Estrasburgo.
Lean si no, las sugerentes contribuciones en este diario de los eurodiputados de distinta filiación Jonás Fernández, Ernest Urtasun y Luis Garicano. Solo es de añorar la de José Manuel García Margallo: ¡denle cancha!
La aportación española ya vuela —en sentido bruselense, progresa— al inspirar la propuesta de la Comisión, pues plantea un máximo indispensable contra la debacle económica inminente.
A saber: un fondo nutrido (1,5 billones de euros); dispensado en subsidios y no créditos; financiado por el mercado y el BCE mediante la emisión de deuda común, perpetua y mancomunada pero aún no mutualizada (la responsabilidad sería limitada); garantizado por un margen en el presupuesto común, lo que evita alzas de deuda para los beneficiarios y para los más contribuyentes; y con intereses mínimos costeados por nuevos recursos (impuestos ecológico o digital).
Es una ambición máxima, si bien París sigue apretando por la deuda mutual. Y también un mínimo compartible por Berlín —siempre la clave—, pues usa “los mecanismos legales existentes”: ¡desde el presupuesto! Eso acota la responsabilidad de cada socio a su cuota; le permite presentarlo a sus electores como la ampliación de algo conocido y digerido; y preserva el control democrático sobre su esfuerzo contributivo.
Y no espera a nuevos instrumentos (¡vendrán!), lo que requiere meses de trabajo técnico y político, si no años. Lo urgente pide paso. Y lo abre a lo decisivo.
Ocurre que ya el presupuesto como palanca y la Comisión como agente son herramientas empleadas para planes económicos financiados con la emisión de deuda europea en el mercado.
No son blasfemia. Operan dentro del Tratado. Su artículo 143 arbitra ayudas a la balanza de pagos, en caso de turbulencias, de socios externos al euro. Este ejemplo no es la base jurídica (puede serlo el artículo 122), pero sí un referente piloto, real, histórico.
Porque el tal 143 (sus predecesores) se desplegó en el reglamento 332 de 2002 (trasunto de otro de 1988), que proclama la “asistencia mutua”, la “intervención inmediata”, el uso del crédito de la UE “para tomar ella misma fondos prestados”, “financiados exclusivamente recurriendo al mercado de capitales” y dispensarlos “por mayoría cualificada” y no por la unanimidad que vadea los vetos.
Así se otorgaron 14.400 millones a Hungría, Letonia y Rumania en la Gran Recesión. No es la cifra ni la norma concreta lo aplicable, sino el hecho de que el recurso a la deuda apalancada en el presupuesto es legal, conocida y practicable en un minuto.
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