El drama de la vivienda y la UE
Once años después del estallido de la crisis financiera de 2008, la secuela más dramática, los desahucios, sigue muy viva y dolorosa. El cambio más significativo ha sido la reducción de los desahucios por ejecuciones hipotecarias mientras que los lanzamientos (expulsiones) por impago de alquileres han crecido y representan ya el 66% del total. En el primer semestre de 2019 se han producido 38.507 lanzamientos por impago de alquiler, más que en 2015 y 2016.
En Catalunya los lanzamientos por impago de alquiler significan el 23,3% del total, cuando la población de esta comunidad representa el 16,2% de España. El sufrimiento de miles de familias en esta comunidad quedó patente este fin de semana en el I Congrés d’ Habitatge de Catalunya, con la participación de varios centenares de activistas.
Las reformas legales de los últimos años han sido meros parches que apenas han mejorado el derecho a la vivienda. Los cambios más significativos han sido propiciados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, (TJUE). Pero las exigencias europeas han sido adaptadas con retraso y de manera muy insuficiente tanto por el Legislativo como por el Tribunal Supremo.
La sentencia del Tribunal Supremo del pasado 11 septiembre sobre las cláusulas de vencimiento hipotecado que facilitan los desahucios ha despertado serias dudas entre los juristas más autorizados. Así Francisco Javier Orduña, ex magistrado del Tribunal Supremo y catedrático de Derecho Civil, ha señalado que la continuación de las ejecuciones hipotecarias que ha decidido el Alto Tribunal “es contraria o no ajustada” a la Directiva 93/13 sobre cláusulas abusivas.
Orduña sostiene que para decidir sobre la continuación de la ejecución hipotecaria es determinante la posición del afectado (consumidor). Y señala que esta tesis ha sido reforzada por la Guía de la Comisión Europea sobre la Directiva 93/13 del pasado septiembre y la sentencia del TJUE del 3 de octubre. Para el exmagistrado “hay motivos suficientes para que se plantee la pertinente cuestión prejudicial al TJUE”, como ha señalado en su artículo “Dudas de validez dela sentencia del Tribunal Supremo de cláusulas de vencimiento anticipado”, en Thomson Reuters. España ha recibido una treintena del centenar de sentencias del TJUE sobre cláusulas abusivas.
Algunas Audiencias Provinciales y jueces ya han dejado constancia de su discrepancia con la doctrina del Tribunal Supremo. Especialmente relevante ha sido el voto particular del magistrado José Manuel Marco Cos, presidente de la Sección Tercera de la Audiencia provincial de Castellón en un auto del pasado octubre. Marco argumentó que “en los casos de abusividad de la cláusula de vencimiento anticipado, la nulidad de ésta y la consiguiente inutilidad del proceso de ejecución hipotecaria no es sino la consecuencia de su carácter abusivo”. Por esto propuso que había que “declarar el sobreseimiento y archivo del procedimiento”. El avance de derechos ha empezado a veces con un voto particular o una pregunta al TJUE, a la vista de los dramas sociales. Las movilizaciones han determinantes para visibilizar la realidad social.
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