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¿Todavía no ha presentado la declaración de la Renta? Guía para rezagados

Estas son las próximas fechas claves y los datos fiscales más relevantes que tiene que comunicar a Hacienda

Un contribuyente revisa su declaración de la Renta.
Un contribuyente revisa su declaración de la Renta.Carlos Rosillo

Falta poco más de un mes para que se agote el plazo para la declaración de la Renta del ejercicio 2018. Quien no la hubiese presentado todavía —la campaña de este año lleva abierta ya 56 días, desde el 2 de abril— deberá tener en cuenta las próximas fechas clave y averiguar que en el borrador aparezca todo lo que interesa destacar o es obligatorio señalar a Hacienda. Manos a la obra.

¿Cuáles son los plazos? La declaración de la Renta 2018 se puede presentar hasta las 24 horas del lunes, día 1 de julio, por internet o teléfono, o de forma presencial. Desde el pasado 9 de mayo, es posible pedir por internet, la aplicación de Hacienda o teléfono (901 22 33 44 o 91 553 00 71) la cita previa para recibir atención en las oficinas de la Agencia Tributaria y otras entidades colaboradoras. El último día para pedir cita es el 28 de junio, pero la atención presencial seguirá hasta el 1 de julio. Si la declaración sale a ingresar y se desea pagar por domiciliación bancaria, la fecha límite para su presentación será el 26 de junio.

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¿Hay predeclaración? Este año se ha eliminado la predeclaración de la Renta. El objetivo de la supresión es evitar los errores que, en pasadas campañas, provocaron retrasos. Eso sí, como ya ocurrió otros años, se podrá imprimir una vista previa del borrador para comprobar que todo esté en orden antes de presentar la declaración. Pero la impresión de la vista previa no servirá para presentación física.

¿Ha incluido a todos sus pagadores? Tener más de un pagador puede modificar considerablemente el IRPF que se debe a Hacienda para el ejercicio pasado. A veces el segundo pagador no aparece en el borrador, así que es importante comprobarlo. Conviene recordar que las prestaciones por estar en el paro cuentan como segundo pagador.

¿Deduce por movilidad geográfica? Haber cambiado de residencia habitual a otra Comunidad Autónoma por haber aceptado un nuevo trabajo afectará a la declaración de la Renta, ya que supone deducir 2.000 euros. Esta deducción se aplica durante el ejercicio en el que se ha producido la mudanza y el siguiente, pero el contribuyente tiene que haberse dado de alta en la oficina de empleo antes de aceptar ese trabajo.

¿Puede deducir por maternidad? Las madres trabajadoras por cuenta propia o ajena tienen derecho a una deducción de 1.200 euros por hijo menor de tres años. Se aplica los tres primeros años de vida del hijo y los tres primeros años tras una adopción, sea cual sea la edad del menor.

¿Le interesa incluir a sus hijos en la declaración? Hasta que el hijo cumpla 25 años se puede incluir en la declaración de la Renta, siempre y cuando conviva con los padres o dependa económicamente de ellos. Los mayores de 25 años con una minusvalía superior al 33% también se pueden incluir si cumplen estas condiciones. El primer hijo supondrá una deducción de 2.400 euros, el segundo de 2.700 euros, el tercero de 4.000 euros y el cuarto y siguientes de 4.500 euros. Además, si son menores de tres años, se suman 800 euros adicionales. Pero, ojo: una cosa es la deducción por hijo y otra la declaración conjunta con los hijos. Simular todas las posibilidades es clave para saber qué opción es más beneficiosa.

¿Puede deducir el alquiler? El inquilino que paga un alquiler podría optar a deducciones según la Comunidad Autónoma en la que viva. Varias regiones incentivan el alquiler de jóvenes o apoyan a mayores con determinadas rentas a través de deducciones. En el ámbito estatal hay una deducción, pero solo se aplica a contribuyentes que han firmado un contrato de alquiler antes del 1 de enero de 2015. En este caso, podrán desgravarse hasta un 10,05% del importe anual del alquiler sobre una base máxima de 9.040 euros, siempre y cuando la base imponible sea menor de 24.107,20 euros.

¿Y la hipoteca de la vivienda habitual? Solo es posible deducir por la financiación de compras realizadas antes del 1 de enero de 2013. Aunque no aparezca en el borrador de la declaración de la Renta, habrá que incluirla. En este caso, el propietario de la vivienda puede deducir sobre un límite de 9.040 euros de hipoteca pagada en 2018.

¿Hay que incluir la segunda vivienda? Sí. La segunda vivienda (es decir, una vivienda no habitual, que no esté vinculada a actividades económicas y no se encuentre en construcción) cuenta como renta anual el 2% de su valor catastral.

¿Están incluidas las aportaciones a planes de pensiones? Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base imponible del IRPF. El ahorro será proporcional a las ganancias que tenga el contribuyente, según los tramos del IRPF que se aplican.

¿Aparecen las donaciones, el mecenazgo o los gastos de afiliación? Estos datos no suelen estar en el borrador de la declaración de la Renta aunque suponen unas deducciones: las aportaciones a actividades prioritarias de mecenazgo, con un límite del 15% de la base liquidable, y los donativos, con el 10%. También suponen un ahorro las cuotas de afiliación y aportación a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones electorales.

¿Dónde está la pensión percibida en el extranjero? Si el sistema no lo recoge de forma automática por falta de intercambio de información con el país de origen de la pensión, el contribuyente tendrá que incluirla en el borrador. Al no hacerlo, el contribuyente puede incurrir en una sanción que tiene como límite inferior 150 euros.

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