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Los funcionarios del Estado podrán realizar su jornada de trabajo en una parte fija y en otra flexible

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la instrucción de horarios y jornada, que mantiene la jornada en 37,5 horas pero incorpora una bolsa de 85 horas para conciliar

Vista de la delegación de Hacienda de Guzmán el Bueno, en Madrid.
Vista de la delegación de Hacienda de Guzmán el Bueno, en Madrid.EFE

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes una resolución firmada por el secretario de Estado de Función Pública, José Antonio Benedicto, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado (AGE) y sus organismos públicos.

La instrucción, que entrará en vigor hoy mismo, mantiene la jornada semanal en 37,5 horas (frente a la recuperación de las 35 horas semanales que pedían los sindicatos), regula por primera vez la jornada de tarde e introduce novedades acordadas con los sindicatos, como una bolsa de horas de libre disposición para mejorar la conciliación.

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Según ha informado el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, la resolución establece que los empleados públicos de la Administración central podrán realizar su jornada de trabajo en una parte fija y en otra flexible. La fija será de 9.00 a 14:30 horas y el resto, hasta completar las 37,5 horas semanales, se realizará en horario flexible de 7.00 a 9.00 horas y de 14:30 a 18.00 horas.

El personal con horario de mañana y tarde tendrá una jornada fija de 9.00 a 17 horas, pudiendo completar su jornada en los mismos márgenes que el resto de empleados públicos.

La instrucción, que reemplaza a la de 2012, regula por primera vez la jornada de tarde, que se llevará a cabo de 15:00 a 20:30 horas en su parte fija, pudiendo usar los márgenes de 13.00 a 15.00 horas y de 20:30 a 22.00 horas para cumplir con la totalidad de la jornada.

Por su parte, la jornada de especial dedicación se mantiene en 40 horas semanales.

Bolsa de horas

En la resolución se establece la bolsa de horas de libre disposición, de hasta un 5% de la jornada anual, que se acordó con los sindicatos para el cuidado y atención de personas mayores, personas con discapacidad, hijos menores y menores sujetos a tutela o acogimiento. Estas horas deberán ser recuperadas en los tres meses siguientes a su uso por parte de los empleados públicos.

Esta bolsa, que de media supone unas 85 horas, se agota una vez finalice el número de horas solicitado, sin que el hecho de haberlas recuperado suponga la nueva apertura de la bolsa en el año en curso.

La instrucción regula también aspectos relacionados con las jornadas especiales y con la jornada de verano, así como las vacaciones y permisos, incorporando todo en una misma resolución pero sin introducir cambios en la regulación que existía previamente.

Permisos y vacaciones

En cuanto a los permisos y vacaciones, se mantienen los criterios vigentes: 22 días hábiles de vacaciones, pudiendo llegar hasta 26 para aquellos empleados públicos con 30 o más años de servicio.

El Ministerio asegura que los empleados públicos tendrán derecho a los mismos 'moscosos' que antes: seis días, que seguirán incrementándose en uno más a partir del sexto trienio y a partir del octavo.

La resolución también recoge otras disposiciones, como la recuperación de días cuando un festivo nacional y no recuperable caiga en sábado; medidas sobre formación; controles de la jornada, y horarios de trabajo y jornada intensiva de verano.

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