El juez Pedraz archiva la causa por blanqueo y delito fiscal sobre Mario Conde
La investigación ha puesto de relieve que el dinero que repatrió el banquero desde Suiza es anterior a su etapa al frente de Banesto
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha archivado este miércoles la investigación por blanqueo de capitales y delitos fiscales abierta en abril de 2016 sobre el exbanquero Mario Conde y sus dos hijos, entre otras personas de su confianza, por supuestas maniobras para traer a España 14,1 millones de euros ocultos en diversos paraísos fiscales, una decisión a la que EL PAÍS ya apuntaba hace una semana. La Fiscalía consideraba que este dinero formaba parte del botín que obtuvo Conde de su paso por Banesto y que debía reintegrar a la entidad por las sentencias de los casos Argentia Trust y Banesto, en el que se le impusieron indemnizaciones conjuntas por valor de 26,05 millones de euros. De esta cantidad, Conde solo ha devuelto 11,95 millones.
El magistrado, después de recibir informes de peritos de la Agencia Tributaria, considera que el origen de los fondos que Conde guardaba en diversas cuentas suizas es “anterior” a su paso por Banesto y no están relacionados con la extinta entidad bancaria, que dirigió entre 1987 y diciembre de 1993. En concreto, provienen de ingresos generados entre 1980 y 1985 por la venta de la empresa farmacéutica Antibióticos S. A. a la multinacional italiana Montedison y por una inversión inmobiliaria en Londres, que mantuvo entre 1994 y 2010.
En la querella de 2016, la fiscalía imputaba a Mario Conde dirigir a un conjunto de personas compuesto por familiares, empleados, amigos y afines que, durante los últimos 17 años supuestamente lograron colocar, encubrir y repatriar cantidades de origen ilícito. Según el fiscal, con esas operaciones torticeras, a nombre de terceros, evitaría el decomiso de fincas que debían ejecutarse tras las dos sentencias condenatorias contra el ex banquero, por los casos Banesto y Argentia Trust. El ministerio público le atribuía ocho delitos contra la Hacienda Pública en relación a cuotas defraudadas del Impuesto de Sociedades de los ejercicios no prescritos de los años 2011 a 2013 de las sociedades Barnacla, Black Royal OAK y Oleificio Español SA.
El juez Pedraz señala que “tampoco puede apreciarse la comisión de delito alguno contra la Hacienda Pública”. Por un lado, la documentación remitida por Suiza no puede utilizarse para perseguir delitos tributarios, según las leyes helvéticas. Además, en aquellos ejercicios no prescritos, los peritos de la Agencia Tributaria señalan que las cuotas defraudadas no alcanzan los 120.000 euros en cada ejercicio, umbral en el que el fraude fiscal se convierte en delito. Además, señala el auto de archivo, “en muchos casos había pérdidas de forma que no generarían cuota tributaria”.
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