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obligaciones fiscales

¿Te has mudado por trabajo? Aplica la deducción por movilidad geográfica en la renta

Puedes aplicar una deducción de 2.000 euros durante dos años si has cambiado de municipio y estás en paro

Los últimos datos del Servicio Público de Empleo Estatal dejan el paro en abril de 2018 en 86.683 personas menos con respecto al mes anterior. Los cambios laborales implican muchas veces una mudanza con cambio de municipio y es esta una situación de la que muchos pueden beneficiarse en la declaración de la renta.

La deducción por movilidad geográfica

La deducción que se aplica por movilidad geográfica cambió en el 2015, desde el 1 de enero de ese año se aplica una deducción de 2.000 euros. Esto significa que al mínimo personal —aquella cantidad con lo que se considera se cubren las necesidades básicas y no se le aplica el IRPF— se le suman 2.000 euros.

El mínimo personal puede variar en función de las circunstancias de cada persona, pero con carácter general es de 5.550 euros anuales. Para aquellos a los que se les apliquen las condiciones generales este mínimo llegaría a los 7.550 euros.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Las condiciones para poder beneficiarse de la deducción en la declaración de la renta por movilidad geográfica son varias. Se centran en demostrar que haya un traslado de residencia para poder acceder a un puesto de trabajo, siempre y cuando el benefactor de la deducción esté en el paro.

¿Durante cuánto tiempo se puede aplicar la deducción por movilidad?

Esta deducción se aplicará durante un máximo de dos años consecutivos. El primero es en el que se produce el cambio de domicilio. Por ejemplo, aquel que haya cambiado de domicilio por trabajo en 2017 podrá aplicarse esta reducción en esta campaña de la renta. El segundo año será el inmediatamente posterior.

La posibilidad de aplicar la deducción durante dos periodos no significa que no se pueda aplicar solo en uno. Es importante sobre todo para aquellos que no lo han hecho el primer año y tienen dudas sobre si pueden aplicarlo el segundo año.

¿Tengo que estar empadronado?

Estar empadronado en el primer municipio y después en el municipio donde te trasladas para trabajar no es imprescindible aunque sí recomendable. El padrón facilitará el poder justificar, en caso de ser necesario, dicho traslado.

Si no se está empadronado por algún motivo, aunque lo correcto sería estar empadronado donde se reside, habrá que justificar el cambio con contratos de alquiler, de suministros o cualquier otro que demuestre el cambio de vivienda habitual.

¿Qué pasa si presento una declaración conjunta?

La declaración conjunta no siempre es la mejor opción en esta situación, especialmente si los dos tienen derecho a deducción por movilidad. En este caso solo se aplicará esta deducción una vez, sin multiplicarse por dos, solo se aplica una deducción máxima de 2.000 euros. Es muy probable que en este caso compense hacerla por separado. Lo recomendable es conocer el resultado de presentar la declaración por separado y juntos para saber qué opción compensa.

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