El Supremo confirma que la Generalitat Valenciana debe pagar una multa de 19 millones por falsear el déficit
Considera que la Generalitat es la "responsable exclusiva" de manipular las cuentas para ocultar gasto sanitario que supuso un ajuste de 1.900 millones
El Tribunal Supremo confirma que la Generalitat Valenciana tendrá que pagar la multa que le impuso Bruselas en 2015 por falsear el déficit. El Alto Tribunal ha desestimado el recurso de la Generalitat contra el acuerdo del Consejo de Ministros que repercutía a dicha comunidad la responsabilidad exclusiva del pago de la multa de 18,93 millones de euros impuesta a España por la Comisión Europea por la manipulación de los datos del déficit en la Comunidad Valenciana.
El Supremo considera ajustado a derecho el acuerdo del Consejo de Ministros impugnado por el Gobierno valenciano. Tras recibir la multa de Bruselas, el Ejecutivo popular trasladó la sanción a la Generalitat porque consideraba que era de su "exclusiva responsabilidad" de incumplimiento del Derecho de la Unión Europea. El Gobierno de Rajoy estableció la repercusión a dicha Comunidad del pago de la multa de 18.93 millones de euros, que España abonó en la cuenta habilitada por la Comisión Europea en fecha 28 de enero de 2016, añadiendo a dicho importe la cantidad de 57.567 euros en concepto de intereses compensatorios de los costes financieros que se han devengado desde el pago realizado por España.
La Generalitat Valenciana no tendrá que pagar este dinero porque el Ministerio de Hacienda ya se lo descontó de las entregas a cuenta del sistema de financiación durante el último trimestre del año pasado.
La Sala asume las conclusiones del informe de la Comisión Europea sobre el asunto, que pusieron de manifiesto el papel clave de la Intervención General de la Generalitat Valenciana en las graves irregularidades en la contabilidad, registro y notificación de los gastos de sanidad de la Comunidad Valenciana y en el consiguiente incumplimiento de la obligación de notificar a Eurostat los datos anuales de déficit y de deuda con observancia de las normas y procedimientos estadísticos europeos (Sistema Europeo de Cuentas, SEC), "sin que la actuación de otras entidades e instituciones haya sido relevante en la manipulación de las cuentas de la sanidad de la Generalitat Valenciana".
Los resultados de la investigación se recogieron en ese minucioso y exhaustivo informe de la Comisión, de fecha 7 de mayo de 2015, en el que se hacía una descripción detallada de las circunstancias en las que, en 2012, se hizo una corrección del déficit público en España de 1.900 millones de euros, en relación con el gasto público en la Comunidad Valenciana.
La Generalitat Valenciana, en su recurso, sostenía que el Gobierno de la nación era directamente responsable porque el problema del gasto sanitario en la Comunidad Valenciana era vox populi en España desde mucho tiempo atrás, y se hallaba documentado en informes y en datos públicos, pero pese a ello, las autoridades nacionales no pusieron remedio a esta situación, sin que la Administración del Estado, que remitió los datos a Eurostat, pudiera razonablemente desconocer la existencia del problema e ignorar que los datos comunicados en abril de 2012 eran incorrectos.
El informe de la Comisión concluyó que la Intervención General de la Generalitat Valenciana "se mostró gravemente negligente en lo que concierte a la ausencia de registro de gastos en las cuentas nacionales". La sentencia indica que dicha Intervención General está integrada en la Administración de la Generalitat Valenciana.
La Intervención "está adscrita orgánicamente a la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo", y ejerce las funciones establecidas en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y, en concreto, "el control de todos los actos de la administración de la Generalitat, sus entidades autónomas y empresas públicas, que den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico, así como de los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y de la recaudación, inversión o aplicación en general de sus caudales, con el fin de asegurar que la administración de su hacienda se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso."
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