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¿Cómo se calcula la pensión?

La ley actual eleva el número de años cotizados para determinar la cuantía de la prestación

El País
Edad de jubilación.
Edad de jubilación.mara

Ciertas cosas, aunque estén en la boca de todos, son auténticos rompecabezas. Y una de ellas es el cálculo de la pensión, un asunto engorroso que ha ido complicándose más aún con las sucesivas reformas del sistema. La ley actual, entrada en vigor en 2013, ha elevado progresivamente la edad requerida para jubilarse —de 65 años en 2013 a 67 a partir de 2027— así como el número de años cotizados para determinar la cuantía de la prestación —de los 15 años de 2012 a los 25 en 2022—, en línea con las necesidades de las arcas públicas y el aumento de la esperanza de vida de la población.

Hasta ahora, aquellos contribuyentes que quisieran arrojar algo de luz sobre el asunto podían dirigirse, de manera presencial, a la Seguridad Social. Pero a partir de la tarde de este jueves tendrán una nueva herramienta: un simulador, disponible en la página web Tu Seguridad Social, para determinar el importe de sus pensiones futuras. Para acceder a este instrumento, sin embargo, es necesario disponer de DNI electrónico o certificado digital. ¿No cuenta con ellos? Aquí una breve explicación sobre cómo se realiza el cálculo.

¿Qué es la base reguladora y para qué sirve?

Para tener acceso a la pensión contributiva hay que haber trabajado —y cotizado— durante al menos 15 años, y para conocer la cuantía de la pensión es necesario calcular la base reguladora. Este importe no es otra cosa que la media de las bases de cotización —o del sueldo mensual, dicho en otras palabras—, de los últimos años trabajados, excluidas las pagas extra. 

Antes de la reforma se tomaban en cuenta los últimos 15 años de cotización para determinar el importe de la pensión. Con la ley actual, este periodo está aumentando año tras año, y la pensión pasará a calcularse sobre lo cotizado durante los últimos 25 años trabajados en 2022, como ilustra la tabla de la Seguridad Social. 

AñoN°. meses computables/DivisorAños computables
2013192/22416
2014204 / 23817
2015216/25218
2016228 / 26619
2017240 / 28020
2018252 / 29421
20192641 30822
2020276 / 32223
2021288 / 33624
2022300 / 35025

Las bases reguladoras a considerar serán entonces 228 en 2016 —resultado de multiplicar los 12 meses del año por los 19 años exigidos—, 240 en 2017, 252 en 2018, etc... El nuevo cálculo implica que aquellos que se jubilen de acuerdo con la nueva normativa percibirán previsiblemente una prestación inferior a sus antecesores, ya que, normalmente, es hacia el final de la carrera laboral cuando se empieza a cobrar un salario más elevado.

En cuanto el trabajador sepa qué periodo de tiempo tiene que considerar, debe actualizar estas bases en función del IPC —excluidas las de los últimos 24 meses—. El Instituto Nacional de Estadística (INE) dispone de una herramienta de actualización de rentas en su página web.

Para seguir con el cálculo, hay que dividir la base reguladora obtenida por el número total de pagas (14 al año). En la tabla de la Seguridad Social este número aparece cómo “divisor”. Los divisores van aumentando en función de los años considerados —252 en 2015—, hasta llegar a 350 en 2022 —resultado de multiplicar 25 años por 14 pagas—.

¿Cuántos años trabajaste?

La historia no ha acabado: ahora hay que considerar el periodo de tiempo trabajado, porque a más años de cotización se corresponde una prestación mayor. El contribuyente tiene entonces que aplicar unos “coeficientes de reducción” a la base reguladora calculada anteriormente, para determinar el porcentaje de pensión que vaya a cobrar. 

AñoPeriodos cotizadosEdad exigida
201335 años y 3 meses 0 más65 años
Menos de 35 años y 3 meses65 años y 1 mes
201435 años y 6 meses 0 más65 años
Menos de 35 años y 6 meses65 años y 2 meses
201535 años y 9 meses 0 más65 años
Menos de 35 años y 9 meses65 años y 3 meses
201636 0 más años65 años
Menos de 36 años65 años y 4 meses
201736 años y 3 meses 0 más65 años
Menos de 36 años y 3 meses65 años y 5 meses
201836 años y 6 meses 0 más65 años
Menos de 36 años y 6 meses65 años y 6 meses
201936 años y 9 meses 0 más65 años
Menos de 36 años y 9 meses65 años y 8 meses
202037 0 más años65 años
Menos de 37 años65 años y 10 meses
202137 años y 3 meses 0 más65 años
Menos de 37 años y 3 meses66 años
202237 años y 6 meses 0 más65 años
Menos de 37 años y 6 meses66 años y 2 meses
202337 años y 9 meses 0 más65 años
Menos de 37 años y 9 meses66 años y 4 meses
202438 0 más años65 años
Menos de 38 años66 años y 6 meses
202538 años y 3 meses 0 más65 años
Menos de 38 años y 3 meses66 años y 8 meses
202638 años y 3 meses 0 más65 años
Menos de 38 años y 3 meses66 años y 10 meses
A partir de 202738 años y 6 meses 0 más65 años
Menos de 38 años y 6 meses67 años

Con una base de 1.000 euros y 25 años trabajados, por ejemplo, el trabajador hubiera recibido una pensión de 800 euros antes de 2013, es decir el 80% de lo que le correspondería si hubiera cotizado durante 35 años, cuando hubiese alcanzado el 100% de la base, los 1.000 euros.

La ley vigente ha establecido una escala que empieza con una reducción del 50% por 15 años cotizados y va subiendo, a partir del año siguiente, de manera progresiva. Así, entre 2013 y 2019, la subida será del 0,21% por cada mes adicional de cotización entre los meses uno y 163, y del 0,21% durante los 83 meses siguientes; entre 2020 y 2022 el incremento será del 0,21% por cada mes adicional entre los meses uno y 106 y del 0,19% por los 146 meses restantes; entre 2023 y 2026, el aumento será del 0,19% entre los meses uno y 49 y del 0,19% durante los 16 meses siguientes; a partir de 2027 el 0,19% del mes uno al 248 y el 0,18% durante los 16 meses restantes.

Así, con 25 años cotizados, en lugar que cobrar el 80% de la base, el trabajador acabará percibiendo algo más del 70%. Por otro lado, si el cálculo diera como resultado una pensión superior a la máxima establecida por ley, el contribuyente recibiría la pensión máxima (2.560 euros para 2015).

Si el trabajador se jubila a una edad superior a la dispuesta para cada año, cumplido el periodo mínimo de cotización elegido, tendrá un porcentaje adicional por cada 12 meses adicionales de trabajo. Se trata del 2% por cada año cotizado; el 2,75% si acredita entre 25 y 37 años cotizados; el 4% si son más de 37 años.

La rebaja de la pensión inicial

No hay que olvidar que, a partir de 2019, se tendrá que considerar también el tan debatido factor de sostenibilidad. Este concepto  consiste en ajustar el valor de la pensión inicial en el momento de la jubilación a la esperanza de vida. Si, como parece previsible, la esperanza de vida aumenta a lo largo de los años, el factor de sostenibilidad aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy implicará una disminución de la pensión inicial para los nuevos pensionistas que se jubilen desde 2019.

"Puesto que la esperanza de vida tiende a aumentar con el paso de los años, la aplicación de este factor implicará que la pensión inicial de las generaciones que se jubilen en el fu-turo será menor que la de las generaciones actuales, para una misma carrera laboral. Con este sistema, la equidad intergeneracional se obtiene porque las generaciones futuras de jubilados disfrutarán de una pensión inicial menor, pero la recibirán durante más tiempo (al gozar de una esperanza de vida mayor). De este modo, la cuantía total en términos de pensión que recibirían a lo largo de su vida sería similar entre generaciones", explicaba el Banco de España en un informe publicado el año pasado.

Los datos incluidos en el informe del Comité de Expertos para la reforma de las pensiones apuntaban a una rebaja sustancial de las pensiones por este elemento.

La reforma también introdujo un nuevo cálculo para la revalorización de las pensiones que lo vincula a la situación de las cuentas de la Seguridad Social. Dado el fuerte déficit del organismo, lo previsible en aplicación de esa fórmula es que la subida de las pensiones se limite al 0,25% anual durante los próximos años.

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