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Las eléctricas recurren la resolución sobre la factura de la luz por horas

Consideran que hay un defecto de forma en la norma con que se aprobó

Tendido eléctrico y, al fondo, unos molinos de viento
Tendido eléctrico y, al fondo, unos molinos de vientoEFE

La Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa) ha recurrido la resolución del pasado 2 de junio con la que dio inicio el nuevo sistema de facturación de electricidad por horas y en la que se fijan los procedimientos de operación para el tratamiento de los datos procedentes de los nuevos contadores 'digitales'.

Fuentes del sector indicaron que el recurso denuncia un fallo de forma en la resolución. Las empresas entienden, en línea con un informe previo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que una resolución carece de rango normativo suficiente para lanzar una norma de estas características, que debería presentarse como orden ministerial.

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La denuncia de Unesa ha sido presentada, junto a otra de Iberdrola Distribución Eléctrica, ante la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, según consta en el BOE de este lunes.

La resolución recurrida por las eléctricas fijaba el 1 de julio como fecha de arranque del nuevo sistema, al tiempo que concedía un periodo de adaptación hasta el 1 de octubre para implantar el nuevo mecanismo. Los ficheros de intercambio de información entre las empresas y otros aspectos técnicos deberán aplicarse antes del 1 de enero del 2016.

Conforme a la nueva norma, la factura eléctrica se calcula en función del consumo que se realice cada hora y del precio que marque en ese momento el mercado mayorista de electricidad, conocido como 'pool'. El precio para cada día está disponible un día antes, a partir de las 20.15 horas, en la web de Red Eléctrica de España (REE).

Aparte de un contador 'inteligente', para disponer de esta modalidad es necesario además tener la tarifa regulada, conocida desde el año pasado como Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) y reservada para potencias inferiores a 10 kilovatios (kW).

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