¿Qué hacer si el coche que provoca el accidente huye o no tiene seguro?
El conductor puede reclamar ante el Consorcio de Compensación de Seguros
No debería pasar, pero ocurre. Ya de por sí un accidente en coche es un disgusto, y a veces hasta una desgracia. Y si el vehículo que lo provoca no está asegurado o se da a la fuga, también puede convertirse en un rompecabezas. ¿Qué hacer en estos casos? ¿Tenemos derecho a una indemnización? Depende de las circunstancias. En todo caso, el organismo al que debemos dirigirnos es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), una entidad pública adscrita al Ministerio de Economía y Competitividad que funciona como fondo de garantía y asegurador por defecto.
El CCS tiene la función de completar los seguros privados y compensar a sus clientes en los mismos términos en los que lo haría su compañía. Es, además, la entidad responsable de indemnizar en caso de situaciones excepcionales, como catástrofes naturales (inundaciones, terremotos, maremotos, tormentas, entre otras), actos de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular, o actuaciones de las fuerzas armadas en tiempos de paz.
Accidente con vehículo sin seguro
Circular sin seguro constituye una infracción sancionable con un importe que varía según el tipo de vehículo. En el caso de un turismo, son 1.500 euros de multa. “Si tenemos un accidente, nuestra compañía aseguradora consulta un fichero —Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA)— para averiguar cuál es la aseguradora del otro coche. Si su matrícula no aparece en el listado, se reclama contra el consorcio”, precisa Carlos Lluch, experto en iAhorro.com y director técnico de Lluch&Juelich correduría. La cobertura vale también para peatones y ciclistas, explica.
En este caso, el CCS debe indemnizar tanto por los daños a las personas como al vehículo. Esto siempre y cuando el coche tenga su estacionamiento habitual en España o, si se trata de un automóvil con estacionamiento habitual en un tercer país —no firmante del acuerdo entre las oficinas nacionales de seguros de los Estados miembro—, solo si el accidente tiene lugar dentro de las fronteras nacionales y causa daño a personas con residencia en España o a bienes de su propiedad.
Accidente con vehículo que se da a la fuga
Las cosas se complican si sufrimos un accidente y el vehículo culpable se da a la fuga. Si no logramos identificarlo, el CCS se hace responsable solo por los daños a las personas. En casos muy graves —muerte, incapacidad permanente o temporal que requiera más de siete días de hospitalización—, indemnizará también por los eventuales perjuicios al coche u otros bienes, pero fija una franquicia de 500 euros, es decir que si los percances son por un importe inferior a esta cuantía tendremos que pagarlos de nuestro bolsillo.
“Debemos por lo menos intentar apuntar la matrícula. Si el conductor se da a la fuga y no tenemos sus datos es un problema serio”, comenta Lluch. “También suelen ser problemáticos los accidentes sin colisión, por ejemplo cuando damos un volantazo para evitar a alguien que conduce en sentido contrario y acabamos saliendo de la carretera o chocando contra algo”. Si no logramos identificar el otro vehículo, tendremos que encargarnos nosotros de costear los daños. “Lo mismo pasa si te destruyen el coche en la calle y no sabes quién ha sido. O tienes un seguro todo riesgo o nada; un seguro a terceros no te cubre ¿Conviene contratar este producto? Depende. Hay que preguntarse si puedes pagar un daño importante”.
¿Cómo debemos actuar?
Todo accidente, aunque no tenga consecuencias graves, nos deja asustados. “Pero si se da la desgracia que el otro coche se da a la fuga, hay que intentar recoger más datos posibles: matrícula, modelo, color del vehículo... todo lo que pueda ayudar a localizarlo para después reclamar”, aconseja Daniel Hereu, abogado experto en temas de circulación en el despacho Sanahuja Miranda. “Es mejor quedarse en el lugar de los hechos y llamar a la Policía para que vea las marcas, los restos que puedan quedar en el suelo. En última instancia también hay que recopilar los datos de eventuales testigos para que confirmen lo ocurrido”, añade.
Para reclamar ante el CCS, es recomendable hacerlo a través de la propia compañía aseguradora o de un abogado, aunque nada impide que el afectado se personifique directamente ante la entidad con la información necesaria. “El consorcio es muy exigente con la documentación”, aclara Hereu. El tiempo que transcurre antes de recibir la indemnización varía: “Puede ser rápido y durar dos o tres meses, pero en general son unos cinco. Pero si no sabes quien te ha dado el golpe acabarás pagando tú”.
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