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Los tribunales frenan a Competencia

La Audiencia Nacional anula parcial o totalmente una decena de resoluciones en 2014 La nueva CNMC cambia de estrategia y reduce drásticamente las multas

Amanda Mars
Fachada de la Comisión de la Competencia.
Fachada de la Comisión de la Competencia.Álvaro García

Muchas de las sanciones que imponía la antigua Comisión Nacional de Competencia (CNC) por prácticas ilegales están quedando en papel mojado. Las empresas recurren las multas y el saldo de los contenciosos administrativos resueltos en 2014 arroja un resultado malo para el organismo, ahora integrado en la nueva Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La Audiencia Nacional ha estimado completa o parcialmente los recursos en al menos una decena de casos en lo que va de año y ha anulado varias multas sonadas, como la impuesta en 2011 al grupo de cosmética L'Oréal, de 23,2 millones de euros, por participar en un cartel que estuvo pactado precios durante 19 años.

Fuentes de la CNMC recalcan que las sentencias afectan al antiguo organismo de Competencia, cuya política apostó especialmente por el carácter disuasorio que tienen las multas, pero muchas de estas eran luego canceladas por la Audiencia Nacional, lo que ha llevado ahora a revisar la estrategia. El nuevo supervisor, que lleva operando desde noviembre, sostiene que intenta justificar mejor las sanciones y realizar una aplicación muy restrictiva de las normativas, con el fin de que los tribunales no las tumben después. Además, en línea con el debate que también hay abierto en Bruselas, Competencia busca lograr más frutos también a través de acuerdos e informes.

El balance de las multas así lo refleja: si las antiguas autoridades de Competencia impusieron 203 millones en castigos entre enero y septiembre de 2013, la nueva CNMC ha dictado tan solo 27,8 millones entre noviembre y mayo, según las mismas fuentes.

El recurso de L’Oreal, penalizada con 23 millones, ha sido admitido

L'Oréal no es la única que puede haberse librado se la multa por el cartel de productos de peluquería. En la misma resolución, la antigua CNC sancionó a otras compañías, algunas de las cuales también han logrado ya que se revisen sus procesos. A Productos Cosméticos-Wella le impuso 12 millones de multa; a The Colomer Group Spain, 8,739 millones; a Eugen Perma España, 2,88 millones; a Cosmética Cosbar-Monibello, 2,55 millones; a Cosmética Técnica-Lendan, un millón; a DSP Haircare Products, 299.000 euros; y a la patronal Stanpa, 900.000 euros. Henkel se libró porque se acogió al programa de clemencia al confesar los acuerdos ilícitos.

Competencia determinó en su día que estas empresas de productos de peluquería, que aglutinan el 70% del mercado, “se reunían en el denominado G8 cada seis meses e intercambiaban información sensible que les permitía conocer las estrategias futuras de sus competidores” desde al menos 1989. La infracción, considerada entonces “muy grave”, conllevó una sanción de hasta el 10% del volumen de negocio total de la empresa infractora en el año previo a la multa. Y es ese el punto en el que la Audiencia encuentra problemas y que afecta otras sentencias contra decisiones de la CNC. En su resolución, fechada el pasado 2 de abril, el tribunal advierte de que la base sobre la que se tiene calcular esa multa de tope del 10% es el volumen de negocio “referido al ámbito de la actividad económica de la empresa, en el que se ha producido la infracción”, que en este caso es la peluquería profesional, y no a la facturación global de la empresa, que puede operar en diferentes sectores, como también es el caso de la multinacional L'Oréal. Así, el juez ordena a Competencia que imponga la multa por el mercado afectado. Este tribunal aplicó el mismo fallo a otra de estas empresas sancionadas, Montibello.

Las sanciones en el sector del gas se han anulado por la confusión normativa

El sector del gas también fue objeto de sanciones en julio de 2012 que ahora están anuladas. La CNC penalizó a Sedigas y a la Asociación Española de Operadores de Gases Licuados del Petróleo (AOGLP), con 900.000 y 500.000 euros, respectivamente. La Audiencia determina que sus infracciones —por coordinar su conducta en materia de costes, precios y actualización de los mismos— tuvieron lugar en un momento complejo, de sucesivas modificaciones normativas y con la transferencia de estas competencias a las comunidades autónomas. Además, estas asociaciones estuvieron en constante contacto con el Ministerio de Industria y la Comisión Nacional de la Energía (CNE). Además, “lo que definitivamente lleva a la Sala a entenderlo estimarlo ausente en este caso concreto, más allá de los juicios de intenciones, es que el seguimiento de los informes por parte de las Comunidades Autónomas no coincide con el que se pretende atribuir en la resolución impugnada”, concluye el fallo.

La Audiencia también dejó sin efecto en marzo una resolución sancionadora contra Telefónica —impuesta en enero de 2013 y en la que también fue penalizada DTS Distribuidora de TV Digital y PRISA televisión— y que le supuso una multa de 100.259 euros. Para PRISA (grupo editor de EL PAÍS), la sanción, también anulada, alcanzaba los 88.387 euros.

Competencia había penalizado a ambas compañías por comercializar un paquete de servicios llamado “Digital+ mini”, para nuevos abonados, a través de Trío+, que se dejó de vender en febrero de 2011. La CNC alegaba que ese paquete contradecía la “filosofía” de otra resolución anterior, de enero de 2010, que hacía referencia a servicios de televisión por satélite de Digital+. De hecho, la CNC no detectó hasta unos meses después, mayo de 2010, la existencia de Digital+ mini. Por eso, la justicia recuerda en su sentencia que no se respetó el “principio de seguridad jurídica”, ya que, si Competencia creía que había algún incumplimiento, debía “justificarlo de manera muy precisa, y no acudir para ello a expresiones vagas, como la filosofía o principios inspiradores de la previa resolución”.

Papel mojado en el Jerez y el asfalto

El vino de Jerez se ha librado de ser multado. La CNC sancionó en 2011 a la Federación de Bodegas del Marco de Jerez (Fedejerez) con 300.000 euros por pactar precios de la uva y del mosto de entre 1991 y 2009, junto con otras asociaciones de agricultores y, por primera vez, se consideró responsable de la mala práctica a una administración pública: la Junta de Andalucía. El motivo es que los pactos habían tenido lugar en el Marco de Jerez y en el ámbito de acuerdos sobre Planes de Reconversión sectorial o Planes Estratégicos para el Marco. Esta circunstancia permite a la Audiencia inferir que las empresas infractoras podían tener dudas de que sus prácticas no fuera correctas.

La “reconversión del sector, intervención de dos Administraciones Públicas en el proceso, y actuación clara y directa, hemos de concluir que la recurrente no tuvo la conciencia de que el comportamiento realizado constituía una conducta contraria a la libre competencia, sino, bien al contrario, su comportamiento revela la conciencia de estar actuando dentro de la legalidad; lo que implica ausencia de elemento subjetivo del injusto”, señala el fallo con fecha del pasado febrero. En esta línea, “la conducta enjuiciada es contraria a la libre competencia, pero la sanción impuesta es contraria a Derecho por faltar el elemento subjetivo de la infracción”, concluye.

El caso del llamado cartel del asfalto, que supuso más de 16 millones en multa a una docena de empresas, también se ha llevado un revés judicial. Competencia determinó en noviembre de 2011 que las compañías habían estado “ejecutado el reparto del mercado” en las provincias de León, Burgos y en la Comunidad Autónoma del País Vasco”. Ahora, la Audiencia estima en parte del recurso de Orsa, sancionada con dos millones. La Sala no ve “elementos fácticos para determinar cuál fue el volumen de negocio de la empresa actora en el territorio del cartel del que es responsable”.

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Sobre la firma

Amanda Mars
Directora de CincoDías y subdirectora de información económica de El País. Ligada a El País desde 2006, empezó en la delegación de Barcelona y fue redactora y subjefa de la sección de Economía en Madrid, así como corresponsal en Nueva York y Washington (2015-2022). Antes, trabajó en La Gaceta de los Negocios y en la agencia Europa Press

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