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Más margen para las comunidades autónomas incumplidoras

El Gobierno les da más tiempo para pagar las liquidaciones del sistema de financiación correspondientes a 2008 y 2009

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro
El ministro de Hacienda, Cristóbal MontoroBallesteros (EFE)

El decreto con medidas urgentes en materia de supervisión y solvencia de entidades financieras ha servido al Gobierno para suavizar algunas condiciones de las comunidades autónomas con desequilibrios presupuestarios. Hasta ahora, las que incumpliesen los objetivos de déficit perdían al derecho a un mayor plazo (120 mensualidades iguales) para pagar las liquidaciones del sistema de financiación de las comunidades correspondientes a 2008 y 2009, ejercicios que resultaron a favor del Estado. “Las circunstancias actuales aconsejan la modificación de la condicionalidad establecida para dicha ampliación a 120 mensualidades, en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad, supeditándose la continuación de la indicada ampliación a lo que establezca el Ministerio de Hacienda”, señala el decreto.

Ahora, la decisión sobre continuación de la ampliación del plazo de las comunidades incumplidoras dependerá de lo que establezca el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, mediante resolución de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, "siempre que así lo solicite la comunidad autónoma y ésta acredite el cumplimiento de sus obligaciones de suministro de información".

La “extraordinaria y urgente necesidad” de esta medida, apunta el texto, se justifica en que tiene incidencia en los presupuestos de las comunidades y como las respectivas leyes de estos están en fase de tramitación, la modificación debe entrar en vigor antes.

Por otra parte, el decreto concreta algunos aspectos sobre los créditos fiscales o activos fiscales diferidos (DTA, por sus siglas en inglés), unos ahorros en impuestos que, gracias a la normativa aprobada el viernes, no mermarán los recursos propios de los bancos. En concreto, el decreto permite a la banca no deducirse del capital considerado de máxima calidad unos 30.000 millones que acumulan en créditos fiscales y compromisos de pensiones. Además, el texto señala que los DTA son exigibles frente a la Administración “cuando el sujeto pasivo registre pérdidas contables en sus cuentas anuales, auditadas y aprobadas por el órgano correspondiente”, en este caso serán exigibles parcialmente, o cuando “la entidad sea objeto de liquidación o insolvencia judicialmente declarada”. Asimismo, los activos fiscales podrán canjearse por deuda pública cuando pase el plazo de compensar las bases imponibles negativas.

El Gobierno también aprovecha el decreto para reforzar el control sobre los instrumentos de inversión derivados, como los futuros, ya que desde enero las contrapartes de estos productos deberán quedar identificadas a escala internacional a través de un código.

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