Residencia en España, a cambio de inversión inmobiliaria
La cifra debe estar muy por debajo de los 500.000 euros que prevé la ley o su eficacia será muy limitada
En el mes de noviembre de 2012, el Secretario de Estado de Comercio, Sr. Jaime García-Legaz, hizo unas declaraciones exponiendo su idea de proponer una modificación de la Ley de Extranjería, de forma que ciudadanos de fuera de la Unión Europea pudiesen conseguir la residencia en España mediante la adquisición de una propiedad inmobiliaria de un valor igual o superior a 170.000 euros. La noticia trascendió rápidamente nuestras fronteras. Un promotor de Shanghái, vinculado a una agencia de tramitación de visados, me llamó a los pocos días interesándose por el tema.
Es conocido el renovado interés que ciudadanos chinos y rusos tienen por adquirir propiedades en España, al amparo del hundimiento de los precios del sector inmobiliario. Tras el estallido de la burbuja, especialmente los bancos disponen de un inmenso stock de viviendas vacías a la espera de comprador. La idea del Secretario de Comercio parecía adecuada para reanimar un mercado en crisis por el exceso de oferta. Sin embargo, provocó una controversia que ha dilatado en el tiempo la decisión definitiva del Gobierno.
Mi interlocutor chino me puso al corriente de las dificultades legales que impiden adquirir segundas residencias en China, y que impulsan a un alto porcentaje de los 45 millones de millonarios existentes en aquel país a adquirir propiedades inmobiliarias en el extranjero. Además, hay que tener en cuenta que, legalmente, a los ciudadanos chinos no se les permite sacar del país cantidades superiores a 50.000 euros, con lo que para reunir grandes cantidades tienen que recurrir a ingeniosas componendas familiares.
En China los 45 millones de millonarios no pueden adquirir una segunda propiedad inmobiliaria
Sus preferencias hasta ahora se inclinan por los mercados de EE. UU., Canadá, Australia y Japón. Países que ya hace algún tiempo han aprobado disposiciones similares a las que se pretende aprobar ahora en nuestro país, y que les exigen invertir un mínimo de 500.000 dólares. Muchas veces las compras van asociadas al acceso de los hijos de los nuevos residentes a alguna de las afamadas universidades de aquellos países.
Algunos países europeos ya se dieron cuenta de la oportunidad: Portugal, Irlanda, Chipre o Malta, ofrecen acceso a la residencia a cambio de compras inmobiliarias por un valor igual o superior a 500.000 euros. En la práctica estos países compiten con dificultad con los 500.000 dólares, y con la posibilidad de implantarse en países con fuerte prestigio en China, y en los que están asentadas comunidades chinas fuertemente arraigadas. Por eso, otros países, como Grecia o Hungría, han empezado lo que se aparece como una feroz subasta inversa, ofreciendo en el caso griego la residencia durante cinco años a los compradores de viviendas de un importe superior a los 250.000 euros.
Se da la circunstancia que la comunidad inversora china siguió con inusitado interés la reciente aprobación del Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que están acabando de tramitar las Cortes Generales por el procedimiento de urgencia. En China se espera con impaciencia su publicación y entrada en vigor, que se calcula no será posible hasta finales de año. A la vista de las exigencias de la competencia sería recomendable que la cifra final en España estuviera muy por debajo de los 500.000 euros que establece el redactado final del Proyecto de Ley, y más en la línea de lo apuntado por el Sr. García-Legaz. De lo contrario su eficacia se verá muy limitada
Con todas las prevenciones que resulten necesarias para garantizar la transparencia de los movimientos de capitales, las medidas contenidas en el proyecto de la nueva Ley garantizan el mismo trato a los no comunitarios que inviertan para crear empleo en España, o que adquieran dos millones de euros en deuda pública, y pueden resultar muy adecuadas para ayudar a este país a salir de la crisis.
Los detractores de esta medida consideran que la demanda está creciendo por sí misma ante la caída acelerada de los precios, lo que, en principio, podría hacer pensar que es innecesaria una medida de este tipo dirigida a ciudadanos extracomunitarios. Según los datos del Colegio de Registradores, los extranjeros se hicieron el año pasado con 24.938 viviendas en España, el 8,12% del total, lo que supone un incremento de las ventas del 19,1% respecto a 2011.
Son argumentos que parecen de poco peso, ante la existencia de un parque de viviendas vacías que se estima próximo al millón de unidades, y que resultará difícilmente absorbible por la demanda interna.
Ferran Ferrer Viana es economista y colaborador docente del Área de Gestión de la Ciudad y Urbanismo (UOC)
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