El Superior anula el recorte salarial en tres sociedades mercantiles públicas de Bilbao
El Tribunal Superior vasco ha anulado el recorte salarial aplicado a los trabajadores de sociedades mercantiles públicas, en tres sentencias referidas a sociedades del Ayuntamiento de Bilbao. Ese recorte fue aplicado de acuerdo con el real decreto del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero que estableció una reducción media del sueldo de los funcionarios del 5 % a partir de junio de 2010.
En tres resoluciones relativas a sociedades mercantiles del consistorio bilbaíno —Teatro Arriaga, Bilbao Next y Bilbao Turismo—la Sala de lo Social del Superior ha estimado en parte el recurso presentado por el sindicato ELA contra ese recorte salarial. En el fallo, facilitado a la agencia Efe por la central recurrente, el tribunal acepta el argumento de ELA de que el acuerdo del Ayuntamiento para reducir el salario de los trabajadores de sus sociedades mercantiles no puede ampararse en el real decreto del Gobierno central porque este excluía expresamente a la sociedades mercantiles con capital público que perciben aportaciones a cargo de los presupuestos públicos para cubrir su déficit de explotación.
Para los jueces, imponer la reducción salarial a los trabajadores de todas esas empresas puede ser "desproporcionado" porque ese recorte podría incluso ser superior al déficit de explotación a cubrir con fondos públicos, con lo que se llegaría a generar beneficios que incluso podrían ir a accionistas privados si los hubiere, lo que "desvirtúa" el real decreto, cuyo objetivo es reducir el déficit público. Los magistrados aclaran que si en casos anteriores parecidos a los de esta sentencia, como los de la Compañía del Tranvía de San Sebastián, Eusko Irratia, ETB, Neiker o Egilan, no aplicaron este criterio y aceptaron la legalidad de los recortes, fue porque los demandantes no alegaron el argumento ahora esgrimido por ELA de que el real decreto excluía a las sociedades mercantiles públicas.
Esa "diferencia capital" es la que usan los magistrados para este nuevo fallo, que tiene "voluntad de mantener en el futuro", tras haber sido fijado por la Sala de lo Social en un "plenillo no jurisdiccional". Este fallo ha contado con el voto particular en contra del magistrado Juan Carlos Benito-Butron Ochoa, que integraba el tribunal junto a Manuel Díaz de Rábago y Juan Carlos Iturri.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.