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Columna
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En favor de la inocencia de Contador

Les confieso que parte de la inspiración para este artículo me llegó al leer un parágrafo de la novela del gran periodista y escritor Gay Talese, Honrarás a tu padre, publicada en EE UU el año 1971. Esta obra narra una historia real sobre la mafia en Estados Unidos y su evolución durante el pasado siglo. El protagonista en un momento de rabia contenida por el supuesto secuestro de su padre, y obligado a contratar a un abogado, explota y dice: "¡Todos los abogados son la gente privilegiada que vive de las desgracias de los otros!". En este punto, como humilde servidor del Derecho, debo discrepar de Talese, ya que por fortuna todavía quedan abogados comprometidos en la defensa de los valores de los estados de derecho democráticos y sociales.

Imponer cualquier sanción al ciclista atentaría contra los principios fundamentales de las personas
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Estoy en contra del sistema acusatorio extremo que impregna el actual procedimiento que ampara la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), posiblemente importado de EE UU, y que en ocasiones puede conllevar una extrema injusticia. Para los más profanos, viene a significar que cualquiera puede acusar a quien le parezca del delito que le parezca, y que le corresponde al acusado probar que esta acusación es falsa y que no tiene ningún fundamento. Como ejemplo extremo tenemos a los presos de Guantánamo.

Imponer cualquier sanción a Alberto Contador por el hecho ocurrido en el Tour de Francia 2010 supondría una grave injusticia que atentaría contra los principios fundamentales de las personas en un Estado democrático y social de derecho. Principios que legalmente deben informar todo el régimen disciplinario deportivo para garantizar los derechos constitucionales de defensa, y así se establece en nuestra ley 10/1990 del Deporte. Para poder sancionar de forma justa a un deportista por dopaje, debe existir intencionalidad o dolo o voluntad firme y consciente de ingerir una sustancia prohibida sabiendo que con esta ingesta conseguirá aumentar de forma artificial la capacidad y la resistencia física del deportista, y por lo tanto participar con ventaja respecto a los rivales. Sancionar a Alberto Contador con los elementos probatorios existentes en este procedimiento, es decir, con los informes científicos obtenidos a partir del resultado de la analítica, constituiría un burdo ataque al principio básico del derecho penal de que sin dolo o culpa o negligencia no hay delito ni falta. Sin una prueba de cargo consistente, debe prevalecer siempre la inocencia del acusado en base al principio básico de in dubio pro reo. Es evidente que Contador no cometió ninguna conducta culposa o negligente al comer carne de ternera engordada ilegalmente y por ello contaminada. Resulta absurdo y surrealista pensar por un momento que Contador se zampó el filete de ternera con la intención de obtener mayor rendimiento en el Tour de 2010.

La actual definición de dopaje es reduccionista al penalizar sólo el consumo de los productos farmacológicos prohibidos como si fueren los únicos y supuestos manipuladores artificiales. ¿Qué sucede con las niñas de la élite de la gimnasia rítmica que con entrenamientos atroces sufren deformidades físicas prematuras así como frecuentes trastornos psiquiátricos, con el objeto de perfeccionar sus movimientos y lograr grandes éxitos en las pruebas de alta competición? Otra gran y falaz muestra de hipocresía: la AMA, está incumpliendo con su gran objetivo de unificar y armonizar la lucha contra el dopaje en todos los deportes. Y uno se pregunta si se aplica la lucha contra el dopaje de la misma forma y con los mismos medios en todos los deportes.

Pienso que el dopaje en el deporte no tiene solución definitiva por la misma razón que tampoco la tiene el consumo de drogas prohibidas mientras sólo se luche para su erradicación con las actuales políticas de castigo y represión y no utilicen otras medidas preventivas como las de educación y la prevención desde la base. Si a pesar de todo el TAS acabará condenando a Contador, yo le aconsejaría que recurra al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo. Una sentencia estimatoria serviría de jurisprudencia para corregir el actual sistema legal de la lucha contra el dopaje.

Para terminar expreso con mi firme deseo de que en este y en otros casos no suceda lo que John Banville dice en El libro de las pruebas: "Con frecuencia se hace justicia, pero casi nunca se hace lo justo".

Alberto Soms Tamarit es abogado, especialista en derecho deportivo.

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