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Entrevista:XAVIER GISPERT | Abogado que logró la dación de pago

"La sentencia puede empujar a otros jueces a hacer lo mismo"

Parecía imposible, pero no lo era. La Audiencia Provincial de Girona amparó en una sentencia hecha pública el jueves que la entrega del piso salde la deuda con el banco si un acreedor no puede pagar la hipoteca.

Pregunta. ¿Eran conscientes de que su argumento es contrario a la ley? La ley establece que si la subasta de los bienes hipotecados no cubre la deuda, el banco puede pedir el embargo por la cantidad que falte.

Respuesta. Sí. Enviamos un escrito para oponernos a la ejecución de la deuda ante el juzgado de Primera Instancia de Girona y no fue estimado.

P. Pero apelaron a la Audiencia Provincial y ganaron.

R. Los magistrados consideraron que el banco no puede ir contra sus propios actos. La entidad valoró la finca en un precio en caso de subasta y esto consta en la escritura de la hipoteca. Si la tasación estaba por encima del valor de mercado, y el banco se lo adjudica luego por un precio menor, es su problema, no de la familia.

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P. ¿Cómo lo expresaron los jueces?

R. Lo que dice el auto es que la entidad bancaria comete un abuso de derecho porque se está enriqueciendo de forma injusta, algo que está prohibido. La Audiencia cree que la entrega del piso es suficiente para saldar la deuda.

P. Es una resolución pionera.

R. Es una sentencia valiente, que se aparta del criterio general que se sigue normalmente. La sentencia tiene en cuenta el caso en concreto, la realidad por encima de la letra de la ley. La Audiencia viene a argumentar que la ley puede decir lo que quiera, pero nunca puede amparar un abuso de derecho.

P. ¿Qué repercusión puede tener esta sentencia?

R. Puede abrir la puerta a que otros jueces con un criterio similar se sumen a esta postura. Si más jueces se apuntan a esta interpretación, al final el artículo quedará vacío de contenido.

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