Sortu: por ahora, no
El Supremo no ve pruebas suficientes de ruptura definitiva con el pasado compartido con ETA
El Tribunal Supremo respalda el criterio del Gobierno de no inscribir a Sortu, la nueva marca electoral de Batasuna, en el registro de partidos. A la espera de conocer la fundamentación jurídica de la sentencia, de los testimonios oídos en la vista pública y de su valoración por las partes se deduce que el tribunal se atiene a lo obvio, la continuidad organizativa entre Batasuna y Sortu, sin que aprecien razones suficientes para aceptar que ha habido una ruptura de los vínculos que la izquierda abertzale mantenía con ETA.
Así lo sostuvieron los agentes policiales que comparecieron como testigos, si bien no presentaron pruebas fehacientes de su principal conclusión: que el distanciamiento de ETA por parte de Sortu, incluyendo el compromiso de condenar eventuales atentados futuros, había sido pactada con la propia banda; se trataría entonces de una aceptación formal de las exigencias de la Ley de Partidos con la intención real de burlarla: un fraude de ley. Frente a esa conclusión el abogado Iruin invocó el debate interno de la izquierda abertzale cuyo resultado habría sido dejar sin espacio político a ETA. Sobrentendiéndose que esa era la condición para que ETA optara por disolverse.
Es un buen argumento que se enfrenta, sin embargo, con la evidencia de que ETA no lo comparte, lo que podría dar lugar a una situación en la que fuera compatible el rechazo del terrorismo con la existencia de una banda que no renuncia a atentar: que se mantiene como amenaza latente. Entre la presentación de sus estatutos y la sentencia de ayer, Sortu ha sido incapaz de aclarar algunos puntos esenciales: si renuncia a la negociación que ETA sigue considerando eje de su estrategia; si su renuncia a la violencia incluye la condena de la que durante 30 años ha justificado en nombre de esa estrategia; si exige la disolución de ETA.
Ante esa situación, el tribunal parece haber optado por un criterio prudencial (y poco comprometido): de momento, no. Es decir, no a la legalización mientras el transcurso del tiempo no confirme o desmienta los indicios contradictorios existentes. Con la posibilidad de que la decisión definitiva la ofrezca el Tribunal Constitucional. La prueba del tiempo será decisiva para el desenlace, se produzca este por desistimiento de ETA o por pruebas más convincentes de que Sortu está dispuesta a dejar a la banda sin terreno en el que aplicar su estrategia.
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