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Estado de alarma

El Gobierno planea derogar la alarma y mantener el control aéreo militar

Los controladores seguirán bajo mando del Ejército pero sin disciplina castrense

Miguel González

"No vamos a estar en estado de alarma ni un día más ni un día menos de los que necesite el país". El presidente José Luis Rodríguez Zapatero no quiso desvelar el jueves en el Congreso si el Gobierno está dispuesto a prorrogar el estado de alarma, decretado el pasado día 4 para atajar el caos de los aeropuertos . Tampoco el vicepresidente primero, Alfredo Pérez Rubalcaba, quiso despejar ayer la incógnita tras el Consejo de Ministros.

El estado de alarma, que militariza a los controladores civiles y los pone bajo jurisdicción de los tribunales castrenses , expira el próximo día 19 y, si el Gobierno quiere prorrogarlo, deberá obtener el apoyo del Congreso, a diferencia de lo sucedido con la declaración inicial.

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Fuentes gubernamentales sostienen, sin embargo, que el Ejecutivo ya ha decidido no prolongar la vigencia del estado de alarma por lo que, salvo que se produzca algún imprevisto, esta situación excepcional se dará por concluida dentro de ocho días. Eso no significará una vuelta completa a la normalidad pues, según las mismas fuentes, el plan del Gobierno es mantener la militarización del espacio aéreo -es decir, la cesión del control de la circulación aérea por parte del ente público AENA al Ministerio de Defensa- como forma de garantizar la plena normalidad en los aeropuertos durante las inminentes fiestas navideñas.

Se volverá así a la situación existente entre las 0.15 del pasado sábado, cuando entró en vigor el decreto que encomienda al Ministerio de Defensa la dirección del control del tránsito aéreo, habitualmente atribuida a AENA, y la una de la tarde del mismo día, cuando entró en vigor el estado de alarma. Eso significa que el jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire, el general José Jiménez, seguirá teniendo en su mano la organización, planificación, supervisión y control de los controladores civiles, que estarán bajo su mando, pero ya no podrá aplicarles el Código Penal Militar ni la ley disciplinaria castrense.

Las fuentes consultadas reconocen que resultaría problemático prorrogar la vigencia del estado de alarma, previsto para situaciones excepcionales, dos semanas después de que se recuperase la normalidad en los aeropuertos, el mismo día 4.

Además, las sanciones previstas en el Código Penal Militar no son necesariamente más duras que las de la Ley Penal y Procesal de la Navegación Aérea. El primero castiga el delito de sedición con entre uno y 10 años de cárcel, mientras que la segunda prevé de dos a ocho años. Todas las diligencias abiertas por la fiscalía, que podrían afectar hasta a 440 controladores que se ausentaron de sus puestos, lo son en aplicación de la Ley de Navegación Aérea, pues la práctica totalidad acudió a trabajar tras la declaración del estado de alarma. La principal diferencia radica en que el código disciplinario castrense permite arrestar a quienes desobedezcan, pero las fuentes consultadas estiman que los controladores están más preocupados por las indemnizaciones a las que eventualmente deberán hacer frente.

El decreto de cesión del control aéreo a Defensa, a diferencia del estado de alarma, no tiene fecha de caducidad.

La ministra de Defensa, Carme Chacón, junto al jefe del Estado Mayor de la Defensa, José Julio Rodríguez, el pasado domingo.
La ministra de Defensa, Carme Chacón, junto al jefe del Estado Mayor de la Defensa, José Julio Rodríguez, el pasado domingo.BERNARDO PÉREZ

Dos decretos de 'militarización'

- Real decreto 1611/2010 de 3 de diciembre:

"El Ministerio de Defensa pasa a ejercer la dirección del control de la circulación aérea [...] El jefe del Estado Mayor del Aire adoptará todas las decisiones que procedan [..] y exigirá la presencia en sus puestos de trabajo de los controladores civiles ausentes".

- Real decreto 1673/2010 de 4 de diciembre:

"Se declara el estado de alarma [...] Todos los controladores de tránsito aéreo al servicio de AENA pasan a tener la consideración de personal militar y quedan sometidos a las leyes penales y disciplinarias militares. La duración del estado de alarma es de 15 días naturales".

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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