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Suspendidos siete artículos del reglamento del catalán en Barcelona

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha suspendido cautelarmente siete de los 22 artículos del reglamento de uso de la lengua catalana del Ayuntamiento de Barcelona que recurrió el grupo municipal del PP. Los jueces de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo razonan que esos artículos "contienen mandatos concretos y específicos cuyo significado excluyente del castellano es claro y manifiesto e impiden una interpretación distinta a la de su significado estrictamente literal". El Ayuntamiento anunció ayer que recurriría ese auto judicial. La sentencia que se dicte también podrá ser impugnada ante el Tribunal Supremo

El TSJC considera que mantener la vigencia de esos artículos "comportaría un perjuicio de difícil o imposible reparación", lo que justifica la suspensión. El reglamento fue aprobado con el único voto en contra del PP. Los artículos suspendidos indican que las actuaciones internas del Ayuntamiento y las actas se han de redactar en catalán, y que el personal municipal ha de emplear esta lengua en todas sus comunicaciones administrativas, orales o escritas, salvo que el ciudadano pida ser atendido en castellano. Otros artículos se refieren a los impresos, sellos de goma, expedición de documentos, rotulación y asientos.

Sentencia del Estatuto

La resolución del TSJC, que es muy breve y contiene un voto particular, copia íntegramente un párrafo referido al catalán extraído de la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional sobre el Estatuto, en el que se cuestiona la "imposición" de esa lengua con carácter preferente.

El TSJC emplea los mismos argumentos para anular en otra sentencia varios artículos del reglamento para el uso de las lenguas catalana y occitana aranesa en la Diputación de Lleida, que fue recurrido por Convivencia Cívica Catalana.

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